Sentencia nº 15394 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 4 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº D-

015394/16; caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. c/ MARIA

APARICIO” de trámite por ante este Juzgado Civil y Comercial

Nº 8, Secretaría Nº 15, y:

CONSIDERANDO: Las labores profesionales

cumplidas por el Dr. J.P.G., aludido letrado en

esta causa, cuya ponderación fuera diferida para esta

oportunidad, y los elementos de los presentes autos, y lo

dispuesto por los Art. 4º, 6º, 15º y 23º de la Ley de

Aranceles 1687/48 y la Acda. 096/2016.-

RESUELVO:

  1. Regular los Honorarios Profesionales al Dr.

    J.P.G., en la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS

    ($3.500,00) por su labor desarrollada en autos hasta la

    sentencia, y por la etapa de ejecución de sentencia en la

    suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y

    SIETE CENTAVOS ($1.166,67), según lo dispuesto por el Art.

    4º, 6º, 15º y 23 de la Ley de Aranceles 1687/48 y la Acda.

    096/2016, con más I.V.A. si correspondiere.-

  2. Imponer las costas del Presente a la

    demandada vencida Sra. M.A., art. 102 del...

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