Sentencia nº 17205 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 4 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15 |
AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº D-017205/16,
caratulado: “SUCESORIO AB-INTESTATO DE DON BONIFACIO
MIRANDA”, del cual:
RESULTA: Que a fs. 27/29, comparece la Dra. CLAUDIA SANCHEZ
CANTABERTA, en representación del Sr. BONIFACIO PERO MIRANDA,
promoviendo el juicio sucesorio AB-INTESTATO de DON BONIFACIO
MIRANDA.-
Agrega las partidas de defunción, y de nacimiento, denuncia
lugar y fecha del deceso y pide a favor del nombrado la
correspondiente declaratoria de herederos.-
Que decretada que fue la apertura pertinente, se manda
publicar el emplazamiento del Art. 436 del C. P. Civil,
cumpliéndose asimismo lo estatuido por el Art. 437 del Item.-
Que a fs. 31, se libró Cédula de Notificación, para notificar
a los herederos S.. M.M.; F.M.;
M.M.; CARMEN MIRANDA y L.M., los que se
encuentran diligenciados a fs. 44/56.-
Que estos obrados se encuentran en estado de resolver, con
dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal a fs. 127, Y:
CONSIDERANDO: Que en el presente proceso se ha dado
aplicación a las disposiciones del Título VIII, C.. II,
A.. 435, 436, 437 y ccs. del C.P.C., siendo
cumplimentado el trámite de las normas legales mencionadas.-
Que del examen respectivo observamos que los interesados han
acreditado la defunción pertinente (ver fs. 7) y el nexo de
parentesco con el De Cujus con la partida de nacimiento (fs.
10), con lo cual se acredita la vocación hereditaria
respectiva.-
Que asimismo se ha dado publicidad el presente proceso
conforme a los edictos de fs. (57/62), sin que otra persona
haya intervenido con derecho sobre los bienes relictos,
habiendo vencido el plazo pertinente.-
Que por todo lo apuntado, el suscripto, estima procedente la
declaratoria pretendida, criterio compartido por el
Ministerio Fiscal en el dictamen mencionado.-
Por todo ello, es que:
RESUELVO:
-
Declarar que por fallecimiento de DON BONIFACIO MIRANDA,
D.N.I. N° 3.930.527, hecho ocurrido el día 23 de DICIEMBRE de
1987, en la Localidad de Y., D.. L., Pcia. de J.,
le suceden en carácter de únicos y universales...
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