Sentencia nº 9843 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 4 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15 |
AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº D-009843/15,
caratulado: “SUCESORIO AB-INTESTATO DE DON ELADINO FABIO
RAMIREZ”, del cual:
RESULTA: Que a fs. 14/15, comparece el Dr. SERGIO EDUARDO
RAMIREZ, por derecho propio y en nombre y representación de
la Sra. M.E.B. y del Sr. FABIO GUSTAVO
RAMIREZ, promoviendo el juicio sucesorio AB-INTESTATO de DON
ELADINO FABIO RAMIREZ.-
Agrega las partidas de defunción, de matrimonio y de
nacimiento, denuncia lugar y fecha del deceso y pide en favor
de los nombrados la correspondiente declaratoria de
herederos.-
Que decretada que fue la apertura pertinente, se manda
publicar el emplazamiento del Art. 436 del C. P. Civil,
cumpliéndose asimismo lo estatuido por el Art. 437 del Item.-
Que estos obrados se encuentran en estado de resolver, con
dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal a fs. 57, Y:
CONSIDERANDO: Que en el presente proceso se ha dado
aplicación a las disposiciones del Título VIII, C.. II,
A.. 435, 436, 437 y ccs. del C.P.C., siendo
cumplimentado el trámite de las normas legales mencionadas.-
Que del examen respectivo observamos que los interesados han
acreditado la defunción pertinente (ver fs. 6) y el nexo de
parentesco con el De Cujus con la partida de matrimonio (fs.
9) y de nacimiento (fs. 7 y 8), con lo cual se acredita la
vocación hereditaria respectiva.-
Que asimismo se ha dado publicidad el presente proceso
conforme a los edictos de fs. (28/33), sin que otra persona
haya intervenido con derecho sobre los bienes relictos,
habiendo vencido el plazo pertinente.-
Que por todo lo apuntado, el suscripto estima procedente la
declaratoria pretendida, criterio compartido por el
Ministerio Fiscal en el dictamen mencionado.-
Por todo ello, es que:
RESUELVO:
-
Declarar que por fallecimiento de DON ELADINO EDUARDO
RAMIREZ, D.N.I. N° 10.300.481, hecho ocurrido el día 16 de
MARZO de 2015, en la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Pcia. de
J., le suceden en carácter de únicos y universales
herederos, en cuanto por derecho hubiere lugar en las
proporciones de ley y sin perjuicios de terceros sus hijos,
S.E.R., D.N.I. N°...
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