Sentencia nº 9843 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 4 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15

AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº D-009843/15,

caratulado: “SUCESORIO AB-INTESTATO DE DON ELADINO FABIO

RAMIREZ”, del cual:

RESULTA: Que a fs. 14/15, comparece el Dr. SERGIO EDUARDO

RAMIREZ, por derecho propio y en nombre y representación de

la Sra. M.E.B. y del Sr. FABIO GUSTAVO

RAMIREZ, promoviendo el juicio sucesorio AB-INTESTATO de DON

ELADINO FABIO RAMIREZ.-

Agrega las partidas de defunción, de matrimonio y de

nacimiento, denuncia lugar y fecha del deceso y pide en favor

de los nombrados la correspondiente declaratoria de

herederos.-

Que decretada que fue la apertura pertinente, se manda

publicar el emplazamiento del Art. 436 del C. P. Civil,

cumpliéndose asimismo lo estatuido por el Art. 437 del Item.-

Que estos obrados se encuentran en estado de resolver, con

dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal a fs. 57, Y:

CONSIDERANDO: Que en el presente proceso se ha dado

aplicación a las disposiciones del Título VIII, C.. II,

A.. 435, 436, 437 y ccs. del C.P.C., siendo

cumplimentado el trámite de las normas legales mencionadas.-

Que del examen respectivo observamos que los interesados han

acreditado la defunción pertinente (ver fs. 6) y el nexo de

parentesco con el De Cujus con la partida de matrimonio (fs.

9) y de nacimiento (fs. 7 y 8), con lo cual se acredita la

vocación hereditaria respectiva.-

Que asimismo se ha dado publicidad el presente proceso

conforme a los edictos de fs. (28/33), sin que otra persona

haya intervenido con derecho sobre los bienes relictos,

habiendo vencido el plazo pertinente.-

Que por todo lo apuntado, el suscripto estima procedente la

declaratoria pretendida, criterio compartido por el

Ministerio Fiscal en el dictamen mencionado.-

Por todo ello, es que:

RESUELVO:

  1. Declarar que por fallecimiento de DON ELADINO EDUARDO

    RAMIREZ, D.N.I. N° 10.300.481, hecho ocurrido el día 16 de

    MARZO de 2015, en la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Pcia. de

    J., le suceden en carácter de únicos y universales

    herederos, en cuanto por derecho hubiere lugar en las

    proporciones de ley y sin perjuicios de terceros sus hijos,

    S.E.R., D.N.I. N°...

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