Sentencia nº 14994 de Cámara de Apelaciones C. y C. Sala II de Provincia de Jujuy, de 15 de Septiembre de 2017

Número de sentencia14994
Número de expediente--14994-2017
Fecha15 Septiembre 2017

///Salvador de Jujuy, a los 15 días del mes de septiembre de 2.017, reunidas las integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Dras. M.V.G.D.P. y L.E.B. vieron el Expte. Nº 14994/17: "Desalojo: H.C. delP. c/ Ramos Juan (Juzgado nº 1 Secretaría nº 2), del cual dijeron:

Se inaugura esta instancia procesal, luego de admitida la queja interpuesta por E.. nº 14929/17, a mérito del recurso de apelación interpuesto a fs. 58/61 por el Dr. E.M.M. en representación del Sr. J.R., en contra del decreto de fecha 06 de marzo de 2.017 que rola a fs. 55 de autos.

Aduce el apelante que el 6 de abril de 2016 el Dr. G.E.F. (h) promovió demanda de desalojo en contra de su mandante. Que en la demanda invoca que el inmueble en cuestión, está ubicado en prolongación de la calle P. s/nB. Los Perales de esta ciudad, que se describe como parte indivisa del inmueble en la parte norte, individualizada como Fracción B, Padrón A 61191 de Los Perales, el que tiene una extensión de veinticinco (25) metros de frente por treinta (30) metros de fondo, conforme surge de la cláusula primera del contrato de comodato y del plano de mensura que se adjunta al presente como prueba. Refiere que a fs. 5 se adjuntó el contrato de comodato entre la Sra. C. delP.H. y su mandante, Sr. J.R.. Que no existe en la causa ningún plano de mensura de la Sra. C. delP.H.. Agrega que inició en representación del Sr. Ramos, E.. C-044983/15: “Medida preparatoria para prescripción adquisitiva: Ramos J. c/ H.C. delP.” con la intención de prescribir un...

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