Sentencia nº 14924 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 6 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16

AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº D-014924/2016,

caratulado: “Sucesorio Ab Intestato de D.R.M.”,

del cual,

RESULTA: Que a fs. 8/9 se presenta la Sra. D.E.

MERCADO con el patrocinio letrado del Dr. C.R.D.,

solicitando la apertura de la Sucesión Ab intestato de Doña

ROSALIA MILENA; denuncia fecha y lugar del deceso.-

Que a fs. 13 se presenta la Dra. A.S. en nombre y

representación de las Sras. L. DEL MILAGRO MERCADO y

D.E. MERCADO a merito de cartas poder que agrega.-

Que a fs. 14 se decreta la apertura del sucesorio ordenándose

publicar edictos en Boletín oficial y diario local con el

emplazamiento previsto en el art. 436 del C. P. Civil,

término vencido a la fecha, habiéndose cumplimentado a fs. 39

la audiencia prevista en el art. 437 inc. 1º del Item con la

presentación de todos los herederos y la representante del

Ministerio Publico Fiscal que nada objeta.-

Que, estos obrados se encuentran en estado de resolver, con

informes de la Dirección General de Inmuebles (fs. 23/24) y

Registro de Actos de Ultima Voluntad (fs. 22).-

Y CONSIDERANDO: Que los interesados han acreditado

debidamente los requisitos previos del art. 435 del

mencionado cuerpo legal; fs. 2 acta de defunción de la

causante; fs. 3/4 de nacimiento de las Sras. L. DEL

MILAGRO MERCADO y D.E. MERCADO habiendo acreditado

con ello los vínculos invocados y la vocación hereditaria

respectiva.-

Que, se ha procedido al llamado mediante edictos de toda

persona interesada de los bienes del causante, los cuales se

encuentran agregados a fs. 26/28 y 32/34.-

Por todo ello, art. 437, 438 y ccs. D.C.P.C. y 2278,

2337, 2424, 2426, 2293 y cctes. del Código Civil y Comercial,

este Juzgado;

RESUELVE: I.- Declarar que por el fallecimiento de Doña

ROSALIA MILENA D.N.I. Nº 9.632.660 hecho ocurrido en fecha 18

de Agosto de 2015, en la ciudad de San Pedro de Jujuy, le

suceden como herederos, sus hijas D.E. MERCADO

D.N.I. Nº 20.240.445 y LILIANA DEL MILAGRO MERCADO D.N.I. Nº

14.804.483 en las proporciones de ley, sin...

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