Sentencia nº 14924 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 6 de Septiembre de 2017
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16 |
AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº D-014924/2016,
caratulado: “Sucesorio Ab Intestato de D.R.M.”,
del cual,
RESULTA: Que a fs. 8/9 se presenta la Sra. D.E.
MERCADO con el patrocinio letrado del Dr. C.R.D.,
solicitando la apertura de la Sucesión Ab intestato de Doña
ROSALIA MILENA; denuncia fecha y lugar del deceso.-
Que a fs. 13 se presenta la Dra. A.S. en nombre y
representación de las Sras. L. DEL MILAGRO MERCADO y
D.E. MERCADO a merito de cartas poder que agrega.-
Que a fs. 14 se decreta la apertura del sucesorio ordenándose
publicar edictos en Boletín oficial y diario local con el
emplazamiento previsto en el art. 436 del C. P. Civil,
término vencido a la fecha, habiéndose cumplimentado a fs. 39
la audiencia prevista en el art. 437 inc. 1º del Item con la
presentación de todos los herederos y la representante del
Ministerio Publico Fiscal que nada objeta.-
Que, estos obrados se encuentran en estado de resolver, con
informes de la Dirección General de Inmuebles (fs. 23/24) y
Registro de Actos de Ultima Voluntad (fs. 22).-
Y CONSIDERANDO: Que los interesados han acreditado
debidamente los requisitos previos del art. 435 del
mencionado cuerpo legal; fs. 2 acta de defunción de la
causante; fs. 3/4 de nacimiento de las Sras. L. DEL
MILAGRO MERCADO y D.E. MERCADO habiendo acreditado
con ello los vínculos invocados y la vocación hereditaria
respectiva.-
Que, se ha procedido al llamado mediante edictos de toda
persona interesada de los bienes del causante, los cuales se
encuentran agregados a fs. 26/28 y 32/34.-
Por todo ello, art. 437, 438 y ccs. D.C.P.C. y 2278,
2337, 2424, 2426, 2293 y cctes. del Código Civil y Comercial,
este Juzgado;
RESUELVE: I.- Declarar que por el fallecimiento de Doña
ROSALIA MILENA D.N.I. Nº 9.632.660 hecho ocurrido en fecha 18
de Agosto de 2015, en la ciudad de San Pedro de Jujuy, le
suceden como herederos, sus hijas D.E. MERCADO
D.N.I. Nº 20.240.445 y LILIANA DEL MILAGRO MERCADO D.N.I. Nº
14.804.483 en las proporciones de ley, sin...
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