Sentencia nº 52431 de Segunda Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 18 de Abril de 2017

PonenteMARSALA, FURLOTTI, CARABAJAL MOLINA
Fecha de Resolución18 de Abril de 2017
EmisorPrimera Circunscripción
MateriaINTERESES - INTERESES COMPENSATORIOS - INTERESES DESCONTADOS

Expte: 52.431

Fojas: 184

En la ciudad de Mendoza, a los diecisiete días del mes de abrilde dos mil diecisietese reúnen en la Sala de Acuerdos de laExcma. Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil, Comercial, M., de Paz y T., las Sras. J. de la misma Dras. S.F., G.D. y M.T.C.M. traen a deliberación para resolver en definitiva la causa N° 184.993/52.431 caratulada “MONTEMAR CIA FINANCIERA S.A. CONTRA PEROTTI, ALBERTO ANIBAL P/ COBRO DE PESOS” originaria del Décimo Séptimo Juzgado Civil, Comercial y Minas, de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, venida a esta instancia en virtuddelrecurso de apelacióninterpuestoa fs. 169por la actora,contra la sentencia dictada el 04 de octubrede 2016,obrante a fs163/167, que, hace lugar parcialmente a la demanda iniciada por MONTEMAR CFSA en contra de A.A.P. y, en consecuencia, condena a éste último, dentro de los DIEZ DIAS de quedar firme la resolución a pagar a la actora la suma de $ 6.374 con más los intereses punitorios pactados e IVA sobre intereses desde la fecha de la mora 28 de julio de 2011 y hasta el efectivo pago, impone costas y regula los honorarios de los profesionales intervinientes.

Habiendo quedado en estado los autos a fs. 292, se practicó el sorteo que determina el art. 140 del C.P.C., arrojando el siguiente orden de votación: Dras. M., F. y C.M..

De conformidad con lo dispuesto por el art. 160 de la Constitución de la Provincia, se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA

¿Es justa la sentencia apelada?

En su caso ¿qué pronunciamiento corresponde?

SEGUNDA

C..

SOBRE LA PRIMERA CUESTION, LA DRA G.D.M., dijo:

  1. Llegan los autos a la Alzada en virtud delrecurso de apelación interpuestoa fs. 169por la actora,contra la sentencia dictada el 04 de octubrede 2016,obrante a fs163/167.

  2. Para resolvercomo lo hizo la Sra Juez de la instancia precedente, razonó del siguiente modo:

    - la actora reclama a la demandada el pago de una suma de dinero.Las partes habrían celebrado un contrato de mutuo por el cual la actora emitió a favor del demandado un crédito por la suma de $ 27.112,73.

    - como base de la operación la accionanteacompaña contrato de mutuo suscripto por las partes, pagaré firmado en su consecuencia y recibo de liquidación del monto del préstamo.

    -el accionado, al contestar, reconoce que solicitó a la actora, el día 10 de junio del año 2011 un préstamo de dinero N° 161326814/6 de Pesos Once Mil Setecientos Noventa y Cuatro con 46/100, no obstante ello, expresa que el día 02 de setiembre delmismo año se llevaron a cabo dos pagos parciales, uno por la suma de $640 y otro por $4780, a tal fin ofrece como prueba, ticket de la operación n° 161326814/6 y tickets de la operación n° 161.310437/4, n° de orden 462507 y n° de orden 462567.

    - se advierte que el hecho controvertido resulta ser el monto reclamado por la accionante en virtud del contrato de mutuo; quién pretende el cobro de la suma de $27.112,73, en tanto la demandada manifiesta adeudar una suma inferior, por lo que plantea excepción de pago parcial.

    -conforme surge del contrato de mutuo obrante a fs. 10 laactorale otorgó en préstamo al Sr. P. una suma de dinero, expresando su cláusula primera que el destino del préstamo es de consumo, el mismo debía ser devuelto en 36 cuotas iguales y consecutivas calculadas por el sistema francés de amortización con vencimiento la primera de ellas el 28/07/11 y las restantes el día 28 de los meses subsiguientes, comprensivas de capital, intereses pactados, seguro e Impuesto al Valor Agregado sobre los intereses y seguro, conforme rezan las cláusulas segunda y tercera.

    -se pactó la mora automática en caso de falta de pago en el plazo indicado, pudiendo exigir el pago de la totalidad del capital e intereses adeudados pactadodebido a la falta de pago registrada, el actor inicia el presente proceso.

    -de la prueba aportada por la parte actora, se advierte que la misma reclama a la parte demandada la suma total de $27.112,23, con más intereses punitorios, sobre capital e intereses legales aplicables a costas y...

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