Tribunal Colegiado, documento número 311109

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
EmisorTribunal Colegiado
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2016

El Juzgado Colegiado de Flia. Nro. Tres de la Segunda Secretaría de Santa Fe, en estos autos: BRUSSA ROSANA MARIELA c/BESSO JULIO CESAR, Expte. Nro 690.del año 2000, por medio de edictos se notifica al demandado Julio Cesar Besso, DNI 12.882.790, de los decretos que a continuación se transcriben Santa Fe, 24 de Nov. de 2016. Atento lo manifestado y constancias de autos (fs. 74/77). Procédase a notificar el proveído de fs. 80 por edictos conforme las provisiones del art. 67 de C.P.C.C. Notifíquese. Fdo Dra. Gabriela Suárez; Secretaria. Dr. Raúl F. Fosero: Juez. Santa Fe, 18.08.2016. 8...) Al punto 4). Atento lo manifestado en relación al cumplimiento de la cuota alimentaria oportunamente dispuesta, intímese al accionado Julio Cesar Besso, para que en el término de diez días y bajo apercibimientos de Ley arts. 3 y 4 de la Ley 11945 y Art. 239 del CP. Previamente cumplimente con la providencia de fecha 19.10.2000 a fs. 14. hágase saber al accionado que quien incumple con la orden judicial de depositar la pensión alimentaria es pasible de otras medidas para asegurar su cumplimiento en virtud de lo previsto en los Arts. 553 ss y cc del cc c de la nación. Asimismo transcríbanse el Art. 4 de la Ley 11945 y Art. 239 del CP. Santa Fe, 19 de Octubre del 2000. (...). Establécese como cuota alimentaria provisoria que el demandado deberá abonar a Rosana Mariela Brussa a favor de sus dos hijos el 20% de...

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