Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 306669

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2017
EmisorJuzgado Primera Instancia
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2016

Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados PULEN, MARÍA GISELA s/Solicitud Propia Quiebra - CUIJ 21-01975519-0, tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que;: “Santa Fe, 20 de Octubre de 2016 … AUTOS Y VISTOS … RESULTA … CONSIDERANDO … RESUELVO: 1-Declarar la quiebra de María Gisela Pulen argentina, apellido materno Solis, DNI N° 29.869.463, CUIL 27-29869463-3, mayor de edad, soltera, empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Rivadavia 2020 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Amenábar 3372 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder, bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 26/10/16 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día...

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