Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo, documento núm. 292819

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2017
EmisorJuzgado Civil, Comercial y de Trabajo
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2016

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la 3 Nominación de Rafaela, en autos “Expte. Nº 649/2012 FIDEICOMISO RECUPERAR c/ROJAS LUIS ALBERTO s/Ejecutivo”, se ha dispuesto lo siguiente: Rafaela, 16 de Febrero de 2016. Al punto 2) Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto por art. 7 de la ley 6767, modificada por 12.851 resulta aplicable la cantidad de 1,4 unidades Jus en la estimación de los aranceles en cuestión, regúlense en la suma de $ 1.531,64 los honorarios profesionales correspondientes al Dr. José García, por la labor desarrollada en autos. Vista a la Caja Forense. Formúlense los aportes de ley. Establécese para dicha regulación de honorarios, en caso de...

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