Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 289723

Fecha de Entrada en Vigor12 de Abril de 2017
EmisorJuzgado Primera Instancia
Fecha de la disposición29 de Enero de 2016

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, Secretaría de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: PFARRER, ALICIA LEONOR E. s/Concurso Preventivo; Expte. N° 656/2014, mediante Resolución Nº 895 de fecha 19/04/16, se ha declarado la Quiebra Indirecta de Alicia Leonor Estefanía Pfarrer, DNI Nº 4.437.875, con domicilio en calle San Martín 876 Piso 9 y domicilio legal en calle Santa Fe 1261 6to. Piso oficina 601 “A” ambos de esta ciudad. 2) Mantener al proceso en la categoría “B”, imponer que continúe la sindicatura ya designada, CPN Carmen Stella Verón, con domicilio en San Martín 971, Piso 1, Oficina “C” de Rosario, con los trámites inherentes a esta quiebra. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (C.A.B.A.), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 5) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API (a los fines del Art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Designar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación al síndico actuante el día 06 de Junio de 2016, para la presentación del informe individual el día 03 de Agosto de 2016, y para la presentación del informe general el día 15 de Septiembre de 2016. 7) Intimar al deudor para que, dentro de las 24hs., entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 8) Intimar al...

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