Sentencia nº 28669 de Primera Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Segunda Circunscripción, 5 de Octubre de 2016

PonenteMARIN - BERMEJO
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2016
EmisorSegunda Circunscripción
MateriaJUICIO EJECUTIVO - CADUCIDAD DE LA PRUEBA - INCIDENTE DE NULIDAD - RESOLUCIONES INAPELABLES

Expte: 28.669

Fojas: 215

San Rafael, 05 de octubre de 2.016.-

A U T O SYV I S T O S:

Estos autos N° 28.669/128.311, caratulados: “MICELI, ALFREDO C/ CONTRERAS DAMIÁN ANDRÉS Y OTS. P/ EJECUC. TÍPICA (COBRO DE ALQ.)”, originarios del Segundo Juzgado de Paz Letrado de esta Segunda Circunscripción Judicial, llamados autos para resolver a fs. 213, y

C O N S I D E R A N D O:

Antecedentes
  1. - Se han llamado autos para resolver la procedencia formal del recurso de apelación interpuesto en representación del codemandado D.A.C. a fs. 194, con-tra el auto de fs. 190/193, por el que se rechazó el incidente de nulidad interpuesto por su parte a fs. 153/158.

  2. - A fin de resolver la cuestión, resultan relevantes los siguientes antece-dentes de la causa:

    * En estos autos el señor A.M. inició ejecución típica contra los señores D.A.C. y A.L.M. por la suma de $ 16.281,81, más accesorios, en concepto de alquileres adeudados.

    * Cumplidos los trámites de ley, se tuvo por preparada la vía ejecutiva y se libró mandamiento de requerimiento de pago y embargo contra los demandados, diligencia que fue debidamente cumplida.

    * Mediante gestor judicial –cuya actuación fue debidamente ratificada- el señor D.A.C. interpuso excepciones de inhabilidad de título, defecto legal en el modo de proponer la demanda, pago parcial y, en subsidio, compensación (fs. 60/67). En dicha oportunidad ofreció la prueba instrumental que se detalla en ocho acápites en el apartado VIII.a)- de fs. 66 vta./67.

    * A fs. 117 y vta., la señora Jueza de Paz admitió las pruebas ofrecidas por las partes. Respecto de las propuestas por el señor C., fijó audiencia para que compareciera el Ing. Civil C.L. para reconocer firma y contenido del informe técnico que se le atribuye; también se citó al actor para reconocer firma y contenido de una constancia de pago de mes de depósito y de un recibo de llaves.

    * Se llevó a cabo la audiencia de reconocimiento de contenido y firma de do-cumentación por parte del actor (fs. 120/121).

    * La audiencia fijada respecto del Ing. L. no pudo ser notificada al mismo por no estar denunciado su domicilio (constancia de fs. 118). Ante ello el demandado denunció el domicilio y pidió se ordenara una nueva audiencia, lo que fue proveído favorablemente fijándose para el día 21/09/2015 (fs. 122 y fs. 123). Se dejó sello cédula para notificar la audiencia referida, pero no se confeccionó la correspondiente a la notificación al Ing. L., ante lo cual la demandada solicitó una nueva audiencia (fs. 127), la que fue fijada para el 12/11/2015.

    * A instancias de la...

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