Sentencia nº 648 de Primera CÁMARA DE APELACIONES DE FAMILIA de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN, 11 de Octubre de 2016

PonenteFERRER - ZANICHELLI - POLITINO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2016
EmisorPRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN
MateriaALIMENTOS - CUOTA ALIMENTARIA - MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA - AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA - PRUEBA - CARGA DE LA PRUEBA - FIJACION JUDICIAL - FACULTADES DEL JUEZ

Fs. 103

Nº661/14/9F-648/15

``G.A.G.C.D.M. P/ INC. DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

Mendoza, 11 de Octubre de 2016.

VISTO Y CONSIDERANDO:

I.Que llegan estos autos a la alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.76 por la parte actora, contra el auto de fs. 72/74vta.,por el que se hace lugar al incidente de aumento de cuota alimentaria a favor de F.N.G. ya cargo de su padre, M.D.G., fijándola en el 15% de los haberes que percibe el alimentante, con más asignaciones familiares, escolaridad, la obra social y la cuota del colegio al que asiste el alimentado,retroactiva al 31/07/2014,impone lascostas al alimentante y regula honorarios.

II.La juez fundóel fallo en la insuficiencia del monto de la cuotapor el paso del tiempo,en atención aque el convenio en el que se acordóla misma data del año 2011,cuando el niño tenía 6 años y,al momento del fallo,ya contaba con 9 años, siendo mayoressusnecesidades vitales.

Señala que si bien existe deficiencia probatoria por parte de la actora en relación a los gastos queledemanda la manutención de F., adhiere al criterio de esta Cámara enel sentido que el aumento de la cuota alimentaria queda justificado por la mayor edad del alimentado y el deterioro del signo monetario. Cita fallo.

Respecto al monto de la cuota alimentaria, tiene en cuenta queel alimentante, conforme al informe de fs.64, percibe haberes mensuales por la suma de $16.337,00 y que el 30% solicitado por la madre, representaría la suma de $4.901,00, la que considera excesiva por la corta edad del hijo, dado que la obligación alimentaria pesa sobre ambos padres, sin dejar dereconocer el valor económico de las tareas que cumple la madre en el cuidado de F..

Conforme a ello, la establece en el 15% de los haberes con más los rubros detallados supra.

III.La apelante expresa agravios a fs. 83//84vta. Afirma que el porcentual establecido es insuficiente para cubrir las necesidades de su hijo.

Señala que no le corresponde al menorprobarsusnecesidades dado que se presumen.

Pide que el porcentual se aplique sobre el bruto de los haberes que percibe el alimentante, menoslos descuentos de ley, a fin de evitar maniobras especulativas que disminuyan la base de cálculo.

Solicita larevocación de laresoluciónapeladayquese fije la cuota en el 30% de los haberes del demandado.

IV.La actora debidamente notificada deltraslado de los agravios a fs.86vta., no contesta.

V.La Asesora de Menores dictamina a fs.100,adhiriendo a la expresión de agravios...

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