Sentencia nº 46655 de Segunda Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 11 de Noviembre de 2015

PonenteLLATSER-GABUTTI-LUQUEZ
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2015
EmisorPrimera Circunscripción
MateriaDERECHO LABORAL - RELACION LABORAL - ENFERMEDAD ACCIDENTE - PERICIA MEDICA - VALORACION PROBATORIA

*

SEGUNDA CAMARA DEL

TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA

PODER JUDICIAL

MENDOZA

foja: 153

CUIJ:

13-00834549-4((010402-46655))

OLIVARES, MARIANO

SEBASTIAN C/ PREVENCION A.R.T

*10840969*

En

la ciudad de Mendoza, a los 11 dÃas del mes de noviembre de 2015

(11/11/15), se constituye la Excma. Cámara Segunda del

Trabajo con los Dres. N.L.L., Dr. J.G.G.

y el Sr. C.D.G.A.L. de este Tribunal, con el

objeto de dictar sentencia en los autos N° 46.655, caratulados

“OLIVARES, MARIANO SEBASTIAN C/PREVENCIÓN A.R.T. S.A. P/

ENFERMEDAD ACCIDENTE”, de los que

RESULTA:

A

fs. 20/25 se presenta el Sr. M.S.¡n O., por

intermedio de su apoderado e interpone formal demanda ordinaria

contra PREVENCION A.R.T. S.A. por el reclamo de $139.535,54 con

fundamento en la responsabilidad sistémica, o lo que en más o menos

resulte de la prueba a rendirse, con más sus intereses y costas.

Manifiesta

que el actor ingresó a trabajar en la PenitenciarÃa, Complejo San

Felipe, el 01/06/99, en el cargo de ayudante, División Sanidad, ya

que es enfermero matriculado, en turnos de 24 por 48 hs de descanso.

Describe que trabajó en la División Seguridad Interna tres años,

luego en Seguridad Externa dos años, seis continuos en EnfermerÃa,

luego 4 meses en Seguridad Externa, hasta hace dos años que fue

transferido definitivamente a EnfermerÃa donde se desempeña con

otro enfermero y un médico. Expresa que atiende a todos los internos

heridos o que requieran atención médica, incluso a pacientes

psiquiátricos. Señala que en la función ha estado expuesto a

situaciones inverosÃmiles que han mellado su estado de salud

emocional; detalla que ha sufrido amenazas de muerte, golpizas,

intentos de contagio de HIV; expresa que lleva medicación y que en

forma permanente esta en contacto directo con internos de todo nivel

de peligrosidad. Detalla que ha sido golpeado, quemado con agua

caliente, victima de intentos de motÃn y secuestro por parte de los

internos; que padeció varios motines con rehenes; que fue tomado

rehén; que le tocó reconstruir el cuerpo del interno “S.€.

En sÃntesis, expresa que por las terribles vivencias, padece un

trastorno de ansiedad

generalizado, que le causa un 25% de incapacidad parcial y

permanente. Refiere que la patologÃa e incapacidad reconocen como

antecedente la actividad desplegada en la Penitenciaria. Señala que

la demandada jamás ha realizado exámenes psicológicos; refiere que

jamás ha solicitado licencias por enfermedad ni ha hecho denuncia

alguna a la ART. Plantea la inconstitucionalidad del

procedimiento previsto para la determinación de enfermedades

profesionales, arts. 6, 8 inc.3, 21, 22, 46 de la ley 24.557 y del

art. 6 inc. 2. Practica liquidación. Solicita la aplicación del

decreto 1694/2009. Ofrece prueba. Funda en derecho.

A

fs. 27 se ordena el traslado de demanda. A fs. 37/42 comparece

PREVENCION A.R.T. S.A., reconoce la normativa aplicable; el contrato

de afiliación celebrado con el empleador del trabajador. Deduce

excepción de falta de acción; sostiene el sometimiento a los

prescripto por los art. 21 y 47, y dec. 717/96. Expresa la

imposibilidad de responsabilizar a su mandante en exceso al contrato

suscripto. Que no puede soslayarse la aplicación de los dec 658/96

y 659/96. Contesta demanda. Efectúa una negativa general y

particular de cada uno de los hechos relatados en la demanda, en

especial desconoce el horario y tareas; las consecuencias que

denuncia; los trastornos, la incapacidad, niega y desconoce el

certificado médico; rechaza la liquidación; que la afecciones sean

de origen laboral. Destaca que jamás recibió denuncia. F.

reserva de repetir al fondo fiduciario. Pide aplicación de la leyes

24.307 y 24.432. Hace reserva del caso federal. Ofrece prueba.

A

fs. 46 la actora contesta el traslado conferido en atención al art.

47 CPL; formula negativa y ratifica lo expresado en la demanda.

A

fs. 48 y vta. obra dictamen de FiscalÃa de Cámaras respecto a los

planteos de inconstitucionalidad de diversos artÃculos de la Ley

24.557. A fs. 52 y vta. se admiten las pruebas ofrecidas por las

partes y se ordena la producción de las mismas.

A

fs. 68/69 obra la pericial contable; a fs. 95/103 se agrega la

pericia psiquiátrica; a fs. 105/107 se agrega la pericia médica;

la cual es impugnada por la demandada a fs. 188; observaciones que

son contestadas a fs. 192/193.

A

fs. 147 se fija fecha para que tenga lugar la audiencia de Vista de

Causa, la que se lleva a cabo según da cuenta el acta de fs. 148; se

procede a realizar el sorteo y quedan la causa en estado de dictar

sentencia.

De conformidad con

lo dispuesto en el Art. 69 del C.P.L. el tribunal se plantea las

siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA

CUESTIÓN: Existencia de la relación laboral?

SEGUNDA

CUESTIÓN: Procedencia de los rubros reclamados?

TERCERA

CUESTIÓN: Costas?

A

LA PRIMERA CUESTIÓN LA DRA. N.L.L. DIJO:

Previo a adentrarnos

al tratamiento de las cuestiones controvertidas por las partes,

considero oportuno transcribir las testimoniales rendidas en la

causa.

Prestó

declaración C.M.F.¡n

DNI 23.180.647, quien

respondió a tenor de las preguntas formuladas por las partes y el

Tribunal: ¿Conoce Ud. al Sr. Olivares? si, ¿de

dónde lo conoce? amigos del barrio, ¿Tiene algún grado de amistad

o parentesco? no, ¿se deben algo? no, ¿Algún interés en el

resultado de este juicio? no, ¿a la aseguradora PREVENCION A.R.T.

S.A. la conoce?, si, ¿sabe donde ha trabajado el actor?, en la

penitenciaria, ¿en cuál?, en Boulogne Sur Mer pero no sé en que

área trabaja, ¿siempre en Boulogne Sur Mer?, si, ¿desde cuándo?,

hace mucho pero no sé, ¿sabe que tareas hace?, entró como

seguridad y ahora es enfermero, ¿sabe cuántos dÃas trabaja como

enfermero? no sé, ¿sabe si hace tareas de enfermerÃa por fuera de

la penitenciaria? no sé, ¿sabe si esta graduado el actor en titulo

de enfermerÃa?, no sé, ¿sabe si el actor ha sido objeto de toma de

rehén en la penitenciarÃa? Si, ¿sabe cuándo puede hace sido? en

el 2010 más o menos, ¿sabe cómo fue? me comento que lo tuvieron

como rehén pero no me contó detalles, ¿cuantos dÃas? la toma duró

tres dÃas pero no se cuanto lo tuvieron a él, ¿sabe si él sigue

trabajando? no sé porque hace como un año o año y medio que estoy

trabajando afuera y no tengo contacto con él, ¿sabe si desde que lo

conoce al actor ha notado algún cambio en la personalidad? si la

manera de ser el humor no es el mismo que cuando lo conocÃ, ¿sabe

si ha hecho tratamiento de algún tipo?, si me comento que estaba

bajo tratamiento pero no se detalles, ¿qué le ha contado de las

tareas que hacÃa? en ese tiempo me decÃa que estaba estresado que

tenÃa problemas en el trabajo, ¿sabe si le trajo problemas en el

ámbito familiar? sé que está separado de su esposa pero hace

muchÃsimo que no lo veo, ¿el actor tiene hijos menores? si tres.

A

continuación declaró el Sr. C.F.

Sebastián DNI 32.308.462, quien

respondió: ¿Conoce Ud. al Sr.

Olivares? si, ¿de dónde lo conoce? fuimos compañeros de trabajo y

amigos, ¿Tiene algún grado de amistad o parentesco? no, ¿se deben

algo? no, ¿Algún interés en el resultado de este juicio? no, ¿a

la aseguradora PREVENCION A.R.T. S.A. la conoce? si, ¿de donde lo

conoce al actor? fuimos y somos compañeros en el servicio

penitenciario, ¿en el mismo edificio? si en el complejo

penitenciario S.F., ¿en qué año? a partir del 2010, ¿de qué

fecha lo conoce personalmente?, a partir del 2000 o 2001, ¿qué

hacÃa en esa época el actor?, trabajaba en el ámbito de seguridad

interna del penitenciario, ¿existen tareas de enfermerÃa y sanidad?

si , ¿el actor a trabajado en esa área? si una de las primeras

experiencias que yo tuve compartimos una situación de toma de rehén

yo pertenecÃa al grupo de prevención de alto riesgo y después de

haber resuelto esa situación empezamos a trasladar a los internos al

área de sanidad para revisarlos, en ese evento, ¿el actor atendió

a los internos?, si y a nuestro compañero que habÃa sido tomado de

rehén, ¿sabe si el actor cuenta con el grado de enfermero

especÃficamente?, si él es enfermero, ¿desde que fecha se

desempeñó en esa tarea en el ámbito penitenciario?, cuando yo

entré ya era enfermero, ¿cómo se presta el servicio del actor?,

eso lo manejan con el jefe ellos tienen un turno de tres veces por

semana y a veces se recargan por el sueldo, ellos tienen horario de

ingreso pero no de salida, ¿cuántas personas asisten en el área de

enfermerÃa?, un enfermero y un médico, ¿sabe que hace hoy el

actor?, si enfermerÃa en la división de sanidad en San Felipe, ¿el

enfermero dónde atiende?, en sanidad y en momento de repartir

medicación se reparte solo por todos los módulos, el enfermero y

médico también están en situación especiales donde se producen

disturbios en otros módulos, ¿sabe si el actor a estado

expuesto a amenazas por internos y/o penitenciarios?, si los internos

de máxima seguridad cuando se los traslada a sanidad van esposados y

cuando les sacan las esposas quedan expuestos los enfermeros, ¿Ud.

sabe si el actor a estado expuesto a alguna situación particular?,

si no recuerdo bien en qué modulo cuando van a repartir remedios los

internos le arrojan pichi y materia fecal una vez el actor participó

de una reducción de un interno, ¿sabe cuál es el caso S.?, si

pero no recuerdo muy bien, ¿sabe si el actor ha sufrido cambios en

la personalidad?, si es muy alegre pero cuando se aleja de personas

le cambia el humor yo lo he visto cuando ha salido de sanidad a fuera

y se apartaba y cambiaba totalmente el ánimo, ¿sabe si a nivel

personal a habido cambio?, la separación

de su matrimonio hace tres o cuatro años, ¿sabe si el actor esta

bajo tratamiento de algún tipo?, actualmente no se, pero sé que

estuvo, él nos comentaba que estaba tomando una medicación , ¿en

qué época?, entre el 2011 y el...

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