Sentencia nº 50973 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 17 de Junio de 2015
Ponente | RODRÍGUEZ SAÁ - MOUREU - MARTÍNEZ FERREYRA |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2015 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Materia | JUECES - PRUEBA - APARTAMIENTO DE LA PRUEBA - FUNDAMENTACION INSUFICIENTE |
*
QUINTA CAMARA DE
APELACIONES EN LO CIVIL - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA
PODER JUDICIAL MENDOZA
foja: 113
CUIJ: 13-00599143-3(
(010305-50973))
BELINAUX, M.E.
C/ CICARELLI, HORACIO Y OTS. S/ D. Y P. (ACCIDENTE DE TRÃNSITO)
*10599244*
Mendoza, 18 de junio
de 2015.-
Que
por un error informático se advierte que la sentencia que glosa a
fs. 110/112
en soporte papel no ha salido correctamente publicada en las listas
electrónicas, por que corresponde ORDENAR
SU REPUBLICACIÃN,
la que se inserta a continuación: En
la ciudad de Mendoza, a los diecisiete dÃas del mes de junio del año
dos mil quince, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara
Quinta de Apelaciones en lo Civil, Comercial, M., de Paz y
T. de la Primera Circunscripción
Judicial, los Srs. Jueces titulares de la misma Drs. Adolfo Mariano
RodrÃguez Saá, B.M. y O.M.F. y trajeron
a deliberación para resolver en definitiva la causa Nº
117.926/50.973, caratulada "BELINAUX, MARÃA ELUIZABETH C/
CIARRELLI, HORACIO Y OTS. P/ D. Y P.â, originaria del Cuarto
Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción
Judicial, venida a esta instancia en virtud del recurso de apelación
interpuesto a fs. 82 por la parte actora contra la sentencia dictada
a fs. 76/79.
Llegados
los autos al Tribunal, a fs. 91 se ordena expresar agravios, lo que
se cumple a fs. 93/96. Corrido el traslado de ley no se produce
contestación alguna, por lo que a fs. 108 se llaman autos para
sentencia.
Practicado
el sorteo de ley, quedó establecido el siguiente orden de votación:
Drs. RodrÃguez Saá, M. y M.F..
En
cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 160 de la Constitución
Provincial y 141 del C.P.C., se plantearon las siguientes cuestiones
a resolver:
CUESTION:
Es justa la sentencia apelada?
CUESTION:
C..
SOBRE
LA PRIMERA CUESTION EL DR. RODRIGUEZ SAA DIJO:
I.-
Que en primera instancia, y luego de darse por acreditada la
responsabilidad civil de la parte demandada, se consideró que los
diversos elementos de convicción arrimados al proceso resultaba que
como consecuencia directa de la colisión la actora sufrió lesiones
menores. Consecuentemente con ello, valorando
los mismos y teniendo en consideración las lesiones sufridas, su
ulterior tratamiento, las molestias experimentadas y admitiendo que
de dichas lesiones pudiera haberse seguido algún grado de
incapacidad permanente, pero que no le han impedido continuar con sus
tareas habituales, es que, en ejercicio de las potestades conferidas
por el art. 90 inc. 7° del C.P.C., se otorgó una indemnización de
pesos cinco mil ($ 5.000.-) en concepto de incapacidad sobreviniente
y daño moral.
La
sentencia es apelada por la parte actora quien al fundar su recurso
sostiene que ha existido una errónea valoración de las pruebas
producidas en la causa pues no se ha tenido en cuenta el certificado
acompañado con la demanda y del cual surge que tuvo tendinitis de
antebrazo izquierdo post traumático, con dificultades para la
movilidad del brazo y mano izquierda, habiendo además diagnosticado
el médico de policÃa âtraumatismo de mano izquierdaâ.
Continúan
diciendo que al demandar se especificaron las lesiones sufridas y que
la parte demandada no cuestionó los daños. Agrega que además no
solo no produjo una sola prueba tendiente a desvirtuar sus dichos,
sino que también consintió la pericia médica producida y de la
cual surge que se constató una incapacidad del 18%, la que tampoco
fue debidamente valorada por el Inferior.
Por
lo dicho pide que se revoque parcialmente la sentencia dictada y se
admitan las sumas reclamadas en la demanda.
Corrido
traslado del recurso, según consta a fs. 98, no se produce
contestación alguna.
II.-
Que entiendo que le asiste razón a la parte actora al cuestionar la
valoración efectuada por el Inferior de las pruebas rendidas en esta
causa, pues de las mismas no surge que la parte actora haya...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba