Sentencia nº 51545 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 29 de Abril de 2016

PonenteRODRÍGUEZ SAÁ, MARTÍNEZ FERREYRA , MOUREU.
Fecha de Resolución29 de Abril de 2016
EmisorPrimera Circunscripción
MateriaRESOLUCIONES JUDICIALES - ACLARATORIA (PROCESAL) - ERROR MATERIAL - RECURSO DE APELACION (PROCESAL) - RESOLUCIONES APELABLES - RECTIFICACION DEL ERROR

*

QUINTA CAMARA DE

APELACIONES EN LO CIVIL - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA

PODER JUDICIAL MENDOZA

foja: 407CUIJ:

13-00614604-4( (010305-51545))

CASTRO, RAMON DAMIAN C/

SALOMON, NESTOR DANIEL S/ D. Y P. (ACCIDENTE DE TRÁNSITO)

*10614705*

En la ciudad de

Mendoza, a los veintinueve dÃas del mes de abril del año dos mil

dieciséis, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara

Quinta de Apelaciones en lo Civil, Comercial, M., de Paz y

T. de la Primera Circunscripción Judicial, los Srs. Jueces

titulares de la misma Drs. A.M.R.S.¡, Oscar

MartÃnez Ferreyra y B.M. y trajeron a deliberación para

resolver en definitiva la causa Nº 155.182/51.545, caratulada

"CASTRO, TAMÓN DAMIAN C/ SALOMÓN, N.D. P/ D. Y P.”,

originaria del Tercer Juzgado en lo Civil, Comercial y M. de la

Tercera Circunscripción Judicial, venida a esta instancia en virtud

del recurso de apelación interpuesto a fs. 372 por “Antártida

CompañÃa Argentina de Seguros S.A.” contra la sentencia dictada a

fs. 357/361.

Llegados los autos

al Tribunal, a fs. 389 se ordena expresar agravios, lo que se cumple

a fs. 400 y vta. Corridos los traslados de ley, según consta fs. 403

vta., no se produce contestación alguna, quedando los autos en

estado de dictar sentencia a fs. 405.

Practicado el sorteo

de ley, quedó establecido el siguiente orden de votación: Drs.

RodrÃguez Saá, M.F. y Moureu.

En cumplimiento de

lo dispuesto por los arts. 160 de la Constitución Provincial y 141

del C.P.C., se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION:

Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTION:

C..

SOBRE LA PRIMERA

CUESTION EL DR. RODRIGUEZ SAA DIJO:

  1. Que en primera

    instancia se hace lugar a la demanda promovida por la parte actora,

    condenándose al Sr. Néstor

    D.S.³n Giménez y a la citada en garantÃa, “ Antártida

    CompañÃa Argentina de Seguros S.A.”, a pagar en forma concurrente

    a la parte actora, en el plazo de DIEZ DÍAS de firme la presente

    sentencia, la suma total de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000), con más

    intereses moratorios al 5% anual desde la fecha del hecho hasta esta

    sentencia, sin perjuicio de los intereses que pudieran corresponder

    hasta el efectivo pago, que deberán calcularse a la tasa activa

    cartera general N. anual vencida a 30 dÃas del Banco de la

    Nación Argentina II. Imponer las costas a la parte demandada y a la

    citada en garantÃa, en forma solidaria, por ser de ley.

    Respecto a la citada

    en garantÃa, se señaló en el fallo...

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