Sentencia nº 52276 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 24 de Junio de 2016
Ponente | RODRÍGUEZ SÁA - MARTÍNEZ FERREYERA - MOUREU |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2016 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Materia | MEDIDAS CAUTELARES - RECURSO DE APELACION (PROCESAL) - TRIBUNAL DE ALZADA - PRUEBA - HECHOS NUEVOS - LIMITES DEL PRONUNCIAMIENTO |
*
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE
MENDOZA
PODER
JUDICIAL MENDOZA
Foja: 263
CUIJ: 13-03874567-5(
(010305-52276))
NIZIESA MARIA
GISELLE Y OT. C/ COMSER S.A. Y OT. P/ CUEST. DERIV. LEY DE SOCIEDADES
*103920083*
Mendoza, 24 de Junio
de 2016.-
Estos
autos arriba intitulados llamados para resolver a fs. 261 y
CONSIDERANDO:
I-
Que a fs. 239, el Dr.
O.M.H., en nombre de la parte demandada COMSER S.A. y
en oportunidad de fundar el recurso de apelación interpuesto a fs.
97 ofrece prueba documental, la que se encuentra detallada en el
cargo obrante a fs. 248.
Que
a fs. 253 se presenta la Dra. S.R.M.³ por la parte actora
y denuncia un hecho nuevo a fin de âreforzar la conducta del
presidente de la sociedadâ (sic) consistente en el informe
realizado por el Sr. P.I.V. en la causa el dÃa 29
de abril del presente año. En este informe, el perito comunica al
Sr. Juez de Primera Instancia que el demandado le ha negado la
entrega de la documentación requerida y necesaria para el
cumplimiento de su labor, motivo por el cual solicita que se ponga la
misma a disposición del Tribunal.
II-
Que las
medidas precautorias deben ser revisadas por el Tribunal de Alzada
con los mismos elementos que tuvo el Juez de Grado para concederlas o
revocarlas. Consecuentemente con ello, los hechos y las pruebas
ofrecidos por las partes no resultan aceptables en esta instancia.
En
todo caso las partes interesadas podrán invocar esos hechos o
pruebas en el Juzgado de Origen a los fines de obtener la ampliación,
modificación o revocación de la medida ordenada.
III.-
Que corresponde
imponer las costas del ofrecimiento de prueba a la parte demandada
apelante, y del hecho nuevo denunciado a la parte actora apelada, en
virtud del principio chivovendano de la derrota (art. 35 y 36 del
CPC).-
RESUELVE:
1)
No hacer lugar a la
prueba ofrecida a fs. 239/247 por la demandada. En consecuencia,
devuélvase la documentación detallada en el cargo de fs. 248,
obrante en Caja de Seguridad, a su presentante.
2)
Imponer las costas
del ofrecimiento de prueba de fs. 239/247, a la demandada apelante,
por resultar vencida (art. 35 y 36 CPC).
3)
No hacer lugar al
hecho nuevo denunciado por la actora a fs. 250/257. En consecuencia,
procédase al desglose de la documentación obrante a fs. 250/251.
F., hágase devolución de la misma a su presentante.
4)
Imponer las costas
del incidente de hecho nuevo a la parte actora apelada, por resultar
...
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