Sentencia nº 541 de Primera CÁMARA DE APELACIONES DE FAMILIA de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN, 30 de Noviembre de 2015

PonenteFERRER - ZANICHELLI - POLITINO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2015
EmisorPRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN
MateriaMENORES - INTERES SUPERIOR DEL NIÑO - INTERES DEL MENOR - VIAJE AL EXTERIOR - AUTORIZACION PARA VIAJAR - CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION

Fs.162

Nº1189/13/4F- 541/15

``CONVERTINI GABRIELA POR LA MENOR V.C.M.G. CONTRA VILLEGAS JULIO CESAR POR AUTORIZACION

Mendoza, 30 de Noviembre de 2015.

VISTO Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos a la Cámara por el recurso de apelación interpuesto por el demandado a fs.141, contra la resolución de fs. 135/138, por la que se autoriza a viajar a M.G.V.C., junto a su madre a la Ciudad de Barcelona, España y permanecer en dicho país por el lapso de dos años desde el inicio del viaje, quedando autorizada a entrar y salir de la Argentina por dicho lapso, en compañía de su padre o su madre y/o la persona hábil que éstos designen, la que será válida mientras no sea revocada judicialmente.

  2. El apelante funda el recurso a fs.144/147vta. Sostiene que no hay garantías de que su hija retorne de España ya que el verdadero motivo del viaje es que allí vive la pareja de la madre. Que ello sería perjudicial para el desarrollo socio afectivo de M.G., debido a que él no es un padre ausente y se encuentra vinculada con la familia paterna.

    Señala que el hecho de que haya afirmado que la actora es buena madre no influye en el temor fundado de que no retorne al país una vez que se radique en el otro país. Refiere a la pericia psíquica obrante a fs.89/90 y a la encuesta ambiental de fs. 110/111, las que reflejarían el desarraigo que sufriría la hija de confirmarse la autorización para viajar, al alejarla de su padre, hermanos y demás familiares.

    Al final, se agravia de que la juez a quo se haya apartado del dictamen de la Asesora de Menores, quien aconsejó denegar la autorización.

    Pide la revocación del fallo con costas.

  3. La actora contesta el traslado de la expresión de agravios a fs.150/152vta., solicitando se mantenga la sentencia en todas sus partes.

  4. La Asesora de Menores dictamina a fs.158/159. Entiende que la autorización otorgada no responde a los intereses de Guadalupe sino a los de su madre, al priorizar su proyecto personal por sobre el proyecto familiar de la menor que tiene siete años y se encuentra vinculada de forma natural con su padre y medio hermanos, implicando el traslado a otro país un desmembramiento absoluto de estos vínculos. Hace referencia al ejercicio compartido de la responsabilidad parental instaurado como regla por el nuevo C.C.yC. y al derecho de las niñas, niños y adolescentes a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular en igualdad de condiciones (arts. 9 y 18 CDN).

    Sugiere hacer lugar al recurso de apelación y revocar el fallo apelado.

  5. De la lectura de la resolución cuestionada se desprende que la juez de grado funda la autorización fundamentalmente en lo percibido en la audiencia mantenida con ambos progenitores, en la que pudo conocer motivaciones subyacentes a lo expresado al demandar y contestar. Así pudo saber que además de la finalidad de la actora de viajar para lograr un perfeccionamiento profesional, allí tiene a su pareja realizando un doctorado y sería quien le ha facilitado los contactos académicos y laborales. La madre expresa que sería una buena oportunidad para su hija no solo por lo que implica la experiencia en sí misma, sino porque representaría el mejoramiento de su nivel de vida.

    En cuanto a V., éste habría reconocido que G. es buena madre y que no haría nada que perjudicara a su hija, en el sentido de pretender quedarse en España y no regresar con la misma al país. En realidad el planteo del padre es su deseo de no separarse durante tanto tiempo de su hija.

    También lo funda en lo manifestado por Guadalupe a la Asesora de Menores en el sentido que desearía ir a España con ambos padres pero, sino se pude, extrañaría a su papá porque no es lo mismo, pero igualmente quiere viajar.

    Entiende que están dadas las...

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