55.076 - los Tacuruses S.A. S/ Quiebra

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición21 de Abril de 2008

TREGUEN AL SINDICO LOS BIENES DE LA FALLIDA. SE PROHIBE HACER PAGOS A LA FALLIDA, LOS QUE SERAN INEFICACES. SE INTIMA A LA FALLIDA Y A LOS INTEGRANTES DEL DIRECTORIO DE MEIGA S.A. PARA QUE DENTRO DE LAS 48 HORAS CONSTITUYAN DOMICILIO PROCESAL EN EL LUGAR DE TRAMITACION DE ESTA QUIEBRA BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERLO POR CONSTITUIDO EN LOS ESTRADOS DEL JUZGADO SE INTIMA AL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE MEIGA S.A.,SEÑOR REYES GODOY DNI 6257617 A QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS A LOS QUE SE REFIERE EL ART.11 LEY 24522 BAJO APERCIBIMIENTO DE CONSIDERAR SU CONDUCTA COMO OBSTRUCTIVA Y DE OCULTAMIENTO PATRIMONIAL.PUDIENDO SER MERITUADA SU CONDUCTA POR LA SINDICATURA PARA EL EVENTUAL INICIO DE LAS ACCIONES LEGALES PERTINENTES ENCAMINADAS A RECONSTRUIR PATRIMONIALMENTE EL ACTIVO DE LA FALANTE. PUBLIQUESE POR CINCO DIAS.Buenos Aires, 8 de abril de 2008.Andrea Rey, secretaria.e. 17/04/2008 Nº 576.154 v. 23/04/2008 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 21 a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría Nº 42, a cargo del Dr. Guillermo Carreira González, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º, de Capital Federal, hace saber por cinco días que con fecha 22 de febrero de 2008 se ha decretado la quiebra de ALEJANDRO GABRIEL JUDELEWSKY, DNI Nº 16.975.430, con domicilio constituido en los estrados del Juzgado, informándose a los acreedores que hasta el día 23/05/2008 deberán presentar al Síndico Máximo C. A. Piccinelli, con domicilio en Montevideo 666, 9º piso, of. 901, Capital Federal (Tel. 4374-3175), sus pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos. El síndico presentará los informes previstos en el art. 35 y 39 LC los días 15/08/2008 y 24/10/2008, respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de realizar pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase al fallido para que dentro del quinto día cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta como obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes encaminadas a reconstruir patrimonialmente el activo de la falente. El presente se libra por mandato de V.S. en los autos caratulados 'JUDELEWSKY, ALEJANDRO GABRIEL S/QUIEBRA', expte. Nº 046033, en trámite por ante este Juzgado y Secretaria.Capital Federal, 7 de abril de 2008.Guillermo Carreira González, secretario.e. 15/04/2008 Nº 575.788 v. 21/04/2008 EL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº 21 A CARGO DEL DR. GERMAN PAEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA Nº 42 A CARGO DEL DR. GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ, SITO EN LA CALLE MARCELO T. DE ALVEAR 1840, PISO 3 CIUDAD DE BUENOS AIRES HACE SABER QUE EN LOS AUTOS 'BRITO DEL PINO LEANDRO WALTER S/QUIEBRA EXPTE 048089', CON FECHA 5 DE MARZO DE 2008 SE DECRETO LA QUIEBRA LEANDRO WALTER BRITO DEL PINO, DNI.20.893.438, CUIT...

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