Sentencia nº 680 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 21 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

///////////////SALVADOR DE JUJUY,21 de Octubre de 2014.-

AUTOS Y VISTOS:

El presente Expte. Nº C

-000680/13

, caratulado:

INFORMACIÓN SUMARIA: O.A.F..-

, y

C O N S I D E R A N D O :

1)

El Dr.MARIO H.J.A. por la

participación que tienen acordada en autos deduce aclaratoria

de la sentencia de fecha 15/10/14 obrante a fojas 64/65, por

los motivos invocados, a los que me remito en honor a la

brevedad.-

2)

Debo decir que la aclaratoria ha sido concebida

por el legislador para obtener que el mismo órgano judicial

que dictó una resolución subsane las deficiencias de orden

material o conceptual que la afecten o bien la integre de

conformidad con las cuestiones oportunamente introducidas al

proceso como materia de debate, supliendo las omisiones de

que adolece el pronunciamiento (cfrt. Palacio, L.E.,

Derecho Procesal Civil, A.P., Bs. As. 1.986, pág.

66, Nº 537). El ordenamiento procesal (artículo 49 C.P.C.)

establece que tiene por finalidad corregir errores

materiales, aclarar algún concepto oscuro y suplir cualquier

omisión incurrida en una resolución.-

3)

En tal orden de ideas y analizada la resolución

atacada entiendo que se ha incurrido involuntariamente en un

error al no consignar en el Resolutorio la regulación de

honorarios del letrado interviniente, Dr. Mario Héctor

Juárez Almaraz, los que si se encuentra contemplados en los

considerandos, por lo que deberá hacerse lugar a la

aclaratoria planteada.-

Por lo expuesto, el Juzgado de Primera Instancia en

lo Civil y Comercial Nº 7

R E S U E L V E

:////

//////////

  1. )

    Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta por el

    Dr. MARIO H.J.A.

    , respecto al II punto de la

    parte resolutiva de la sentencia de fecha 15/10/2014, obrante

    a fs.64/65, el que quedará redactado de la siguiente

    manera:”Regular los honorarios de

    Dr. MARIO HECTOR JUAREZ

    ALMARAZ

    , en la suma de

    $1.000.-

    , con mas IVA si

    correspondiere. Acreditado que fuere el pago del 6% y 1,8% de

    los honorarios regulados...

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