Resolución 1605/2014

Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1605/2014Bs. As., 15/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.621.690/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1601 del 4 de noviembre de 2013 y Nº 1255 del 8 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.621.690/14 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y la CONFEDERACION ARGENTINA DE CLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES, la ASOCIACION DE CLINICAS SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la CAMARA ARGENTINA DE CLINICAS Y ESTABLECIMIENTOS PSIQUIATRICOS, la ASOCIACION ARGENTINA DE ESTABLECIMIENTOS GERIATRICOS y la CAMARA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1255/14 y registrado bajo el Nº 1083/14, conforme surge de fojas 148/150 y 153, respectivamente.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1970 del 11 de diciembre de 2013 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de julio de 2014, correspondiente al Acuerdo Nº 1249/13, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1601 del 4 de noviembre de 2013.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1083/14 han establecido los nuevos valores de la escala salarial vigente al mes de julio de 2014, deviene necesario actualizar los montos del promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y del respectivo tope indemnizatorio que surge del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el ANEXO de la presente.

Que, cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1970 del 11 de diciembre de 2013 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el...

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