Disposición 403/2014

Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 403/2014Bs. As., 22/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.060.757/02 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/10 del Expediente Nº 134.362/14 agregado a fojas 1123 del Expediente Nº 1.060.757/02, obra el acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION por el sector gremial y LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que los agentes negociales convienen incrementar las retribuciones del personal permanente y temporario comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 54/92 “E”, aplicando dicho incremento al personal contratado bajo las modalidades de plazo fijo o eventual, cuyos plazos de pago, prescripciones y demás consideraciones obran en el texto al cual se remite.

Que cabe destacar que los suscriptores del acuerdo de referencia son los miembros de la Comisión Paritaria Permanente del Convenio Colectivo precitado.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado intervención conforme surge de fojas 11 del Expediente Nº 134.362/14 agregado como fojas 1123 al Expediente Nº 1.060.757/02.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado el cumplimiento de los recaudos formales exigidos en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo que obrante a fojas 2/10 del Expediente Nº 134.362/14 agregado como fojas 1123 al Expediente Nº 1.060.757/02, celebrada entre la...

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