Resolución N° 345

EmisorSecretaría de Transporte
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2014
CÓRDOBA, 20 de octubre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 180 Primera Sección 5
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección
General de Operaciones bajo el N° 770/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al señor Hernán Javier
CABRERA, D.N.I. N° 24.333.491, C.U.I.T. N° 20-24333491-9,
Ingresos Brutos -Exento-, con domicilio en Luna y Cárdenas N°
2772, B° Alto Alberdi, Córdoba, para que preste por el término
de DOS (2) años, un Servicio Especial, Obrero y Escolar con
centro en la Ciudad de RIO CUARTO y bajo la denominación
de “VIAJES BULL”.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la incorporación al servicio
otorgado al señor Hernán Javier CABRERA, del siguiente parque
móvil:- Marca Renault, modelo del año 2013, chasis Nº
93YMEN4CEEJ774610, motor Nº M9TC678C008421, de 15
asientos, Tacógrafo Digitac T20772, Dominio Nº NHK 427,
adjudicándole la chapa MOP Nº E 2984.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de
los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 345
Córdoba, 25 de agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-184232/2014 mediante el cual
el señor Paulino PAZO solicita se le otorgue la pertinente
autorización para explotar un Servicio Especial Restringido de
transporte de pasajeros, con centro en la Ciudad de CÓRDOBA
y bajo la denominación de “TRANSPORTE MARTA”.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la
Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión, informan
que el requirente ha cumplimentado con las exigencias a verificar
por las áreas bajo su jurisdicción para prestar el citado servicio,
correspondiendo autorizar el permiso de que se trata y la
incorporación del parque móvil propuesto.
Que el peticionante solicita la incorporación de la unidad Dominio
N° CQZ 712, inscripta en el Registro Nacional de la Propiedad
del Automotor con fecha 19-03-1999.
Que por su parte, el señor Director General de Transporte
manifiesta que se encuentran reunidos todos los presupuestos
para la viabilidad del pedido y que se ha seguido todo el
procedimiento pertinente con la documentación respaldatoria del
caso, por lo que considera que puede hacerse lugar a lo
solicitado.
Que el servicio de transporte Especial Restringido se encuentra
normado en el Artículo 9°, inciso D, apartado 2 de la Ley N°
8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N° 254/03 y
Artículo 37° del Anexo A del Decreto precitado.
Que el Artículo 40° inciso E del Decreto N° 254/03, faculta a
esta Secretaría, a otorgar el presente permiso por el término de
DOS (2) años a partir del dictado de la Resolución.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un
plazo fijo, pudiendo ser revocado por Resolución fundada en
cualquier momento.
Que por imperio de la normativa citada, el servicio a prestar por
esta modalidad debe transponer las zonas urbanizadas de
jurisdicción municipal o comunal de la localidad donde tiene su
centro. A su vez debe resaltarse que la Ley de Transporte
Provincial define al servicio especial como aquel que se realiza
mediante contratación previa en cada caso pactándose las
condiciones del viaje, sin recorrido permanente, es decir teniendo
como objeto contractual la realización de viajes ocasionales que
no sean efectuados con recorridos fijos, predeterminados como
línea regular.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección
General de Operaciones bajo el N° 771/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al señor Paulino PAZO, D.N.I.
N° 16.293.802, C.U.I.T. N° 23-16293802-9, Ingresos Brutos -
Exento-, con domicilio en El Picaflor N° 9728, B° General Arenales,
Córdoba, para preste por el término de DOS (2) años, un
Servicio Especial Restringido con centro en la Ciudad de
CÓRDOBA y bajo la denominación de “TRANSPORTE MARTA”.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la incorporación al servicio
otorgado al señor Paulino PAZO, del siguiente parque móvil:-
Marca Fiat, modelo del año 1999, chasis Nº
ZFA230000W5440727, motor Nº 22002426702211252533, de
12 asientos, Tacógrafo Digitac 25440, Dominio Nº CQZ 712,
adjudicándole la chapa MOP Nº ER 2991.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los
Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 346 Córdoba, 25 de agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-182789/2013 mediante el cual
el señor Juan Carlos FERREYRA solicita le sea aceptada la
renuncia al permiso de explotación que le fuera concedido por
Resolución N° 202/2002, para prestar un Servicio Especial de
transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada
caso y sin recorrido permanente, con centro en CORDOBA y
bajo la denominación de “J.C. BUS”.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
informa que el requirente ha cumplimentado con los requisitos
propios del área, estimando que puede aceptarse la renuncia al
permiso de explotación y proceder a la baja del parque móvil
afectado a dicho servicio.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control
expresa que la permisionaria no registra deuda en concepto de
Tasa Retributiva de Servicios y acredita los Depósitos de
Garantía.
Que por su parte el señor Director General de Transporte
considera que puede darse continuidad al trámite de autos.
Que conforme las constancias obrantes en autos, no existen
objeciones legales para autorizar la renuncia al permiso de
explotación, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 8669
y Decreto Reglamentario N° 254/03.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección
General de Operaciones bajo el N° 596/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la renuncia
presentada por el señor Juan Carlos FERREYRA -D.N.I. N°
7.630.109-, el permiso de explotación que le fuera conferido por
Resolución N° 202/2002, para que prestara un Servicio Espe-
cial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en
cada caso y sin recorrido permanente con centro en CORDOBA,
bajo la denominación de “J.C. BUS”.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR la baja del parque móvil que
estuviera afectada al servicio que prestaba el señor Juan Carlos
FERREYRA, cuyos datos identificatorios se detallan:
- Marca Fiat, modelo del año 1997, chasis Nº
ZFA23000005296982, motor Nº 230A20001902477, de 12
asientos, Tacógrafo Digitac T6172, Dominio Nº BCE 065, chapa
MOP Nº E 1538.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de
Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
MINISTERIO DE
GESTION PUBLICA
ING. MARIANA G. ALDAO CR. JOSÉ ERNESTO SONZINI CR. MANUEL F. CALVO
DIRECTORA DE SISTEMAS DIRECTOR GRAL DE GESTION SALARIAL MINISTRO DE GESTION PUBLICA
DIRECTOR GRAL DE GESTION SALARIAL SECRETARIA DE CAPITAL HUMANO
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA

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