Resolución N° 33

EmisorDirección General de Tesorería General y Créditos Públicos
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2014
CÓRDOBA, 20 de octubre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 180 Primera Sección 3
estado de las Órdenes de Pago 823, 868, 929 y
986, todas Ej. 2009, emitidas por el ex Ministerio
de Industria, Comercio y Trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que las citadas órdenes de pago se emitieron
por $ 134.750, $ 117.600, $ 142.100 y $ 110.250,
respectivamente, con el objeto de atender los
beneficios que la Ley 9432 otorgaba a la empresa
Gameloft Argentina S.A.
Que a fs. 2 del F.U. 2 el Ministerio de Industria,
Comercio, Minería y Desarrollo Científico
Tecnológico informa que dichas órdenes de pago
no se abonaron porque la empresa citada cerró su
cede en la ciudad de Córdoba, perdiendo en
consecuencia el derecho a cobrar los beneficios
otorgados por la Ley 9432.
Que, en consecuencia, el saldo de esas órdenes
de pago no debe ser abonado.
Que a fs. 7 se certifica que los saldos de $ 134.750,
$ 117.600, $ 142.100 y $ 110.250 no han sido
abonados ni se abonarán.
Que, en consecuencia, dichos saldos no
representan una obligación exigible.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de
Finanzas ha dictaminado que puede esta Dirección
de Tesorería General y Créditos Públicos dictar
una Resolución, disponiendo la baja contable de
una orden de pago en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento
Técnico de la Contaduría General de la Provincia
obrante en copia auténtica a fs. 8 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y
CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) ORDENAR la baja contable de las Órdenes
de Pago 823, 868, 929 y 986, todas Ej. 2009,
emitidas por el ex Ministerio de Industria,
Comercio y Trabajo, por sus saldos actuales de
PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS CINCUENTA ($ 134.750), PE-
SOS CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS
($ 117.600), PESOS CIENTO CUARENTA Y
DOS MIL CIEN ($ 142.100) y PESOS CIENTO
DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($
110.250).
II) PROTOCOLICESE, comuníquese a
Contaduría General de la Provincia, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia y al Servicio Administrativo
del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y
Desarrollo Científico Tecnológico, publíquese en el
Boletín Oficial y Archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS
Resolución N° 33
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: el expediente 0040-054979/2014 en
el que obra a fs. 3 informe sobre el estado de la
Orden de Pago 177 Ej. 2008, emitida por el ex
Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada orden de pago se emitió por $
4.635.000 con el objeto de realizar transferencias
en concepto de anticipo de subsidios a la empresa
Intel Software de Argentina S.A. por incorporación
de mano de obra, en cumplimiento del Decreto
447/06.
Que a fs. 1 y 2 del F.U. 2 el Ministerio de Indus-
tria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico
Tecnológico informa que con el fin indicado se
realizaron transferencias por $3.590.000, de los
que la empresa debió reintegrar al Superior
Gobierno de la Provincia la suma de $
653.155,62.
Que, en consecuencia, el saldo de la orden de
pago no debe ser abonado.
Que a fs. 4 se certifica que el saldo de $
1.045.000 no ha sido abonado ni se abonará.
Que, en consecuencia, dicho saldo no
representa una obligación exigible.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de
Finanzas ha dictaminado que puede esta
Dirección de Tesorería General y Créditos
Públicos dictar una Resolución, disponiendo la
baja contable de una orden de pago en casos
como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento
Técnico de la Contaduría General de la Provincia
obrante en copia auténtica a fs. 5 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERIA Y
CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) ORDENAR la baja contable de la Orden de
Pago 177 Ej. 2008, emitida por el ex Ministerio
de Industria, Comercio y Trabajo, por su saldo
actual de PESOS UN MILLON CUARENTA Y
CINCO MIL ($ 1.045.000).
II) PROTOCOLICESE, comuníquese a
Contaduría General de la Provincia, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia y al Servicio
Administrativo del Ministerio de Industria, Comercio,
Minería y Desarrollo Científico Tecnológico,
publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS
SECRETARÍA DE
TRANSPORTE
Resolución N° 312 Córdoba, 14 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-183213/2013 mediante el cual
la señora María Silvia VILLALBA solicita se le otorgue la pertinente
autorización para explotar un Servicio Especial, Obrero y Esco-
lar de transporte de pasajeros, con centro en la Ciudad de
JUSTINIANO POSSE y bajo la denominación de “AVILYS
TOURS”.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la
Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión de la
Secretaría de Transporte, informan que el requirente ha
cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas bajo
su jurisdicción para prestar el citado servicio, correspondiendo
autorizar el permiso de que se trata, condicionando el mismo a la
incorporación de la unidad propuesta.
Que por su parte la Dirección General de Transporte expresa
que se encuentran reunidos todos los presupuestos para la
viabilidad del pedido y se ha observado todo el procedimiento
pertinente con la documentación respaldatoria del caso, opinando
que puede hacerse lugar al pedido formulado, condicionando el
permiso a la incorporación de la unidad dentro de los treinta días
de notificada la Resolución.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero y Escolar se
encuentra normado en el Artículo 9°, inciso “D” de la Ley N°
8669.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un
plazo fijo pudiendo ser revocado mediante resolución fundada
en cualquier momento.
Que el Artículo 40° inciso “E” del Decreto N° 254/03, faculta a
esta Secretaría, a otorgar el presente permiso por el término de
DOS (2) años a partir del dictado de la Resolución.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección
General de Operaciones bajo el N° 624/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE a la señora María Silvia
VILLALBA, D.N.I. N° 17.863.837, C.U.I.T. Nº 27-17863837-3,
Ingresos Brutos N° 280078182, con domicilio en Bv. Guzmán
169, Córdoba, para que preste por el término de DOS (2) años,
un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro en la Ciudad
de JUSTINIANO POSSE y bajo la denominación de “AVILYS
TOURS”.
ARTÍCULO 2º.- La vigencia de la autorización conferida queda
sujeta a la acreditación, por parte de la señora María Silvia
VILLALBA, dentro de los TREINTA (30) días contados a partir
de la notificación de la presente, de la incorporación del parque
móvil propuesto.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de
los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 311 Córdoba, 14 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-184637/2014 mediante el cual
la señora Olga Alicia LUDUEÑA solicita se le otorgue la pertinente
autorización para explotar un Servicio Especial, Obrero y Esco-
lar de transporte de pasajeros, con centro en la Ciudad de
CORDOBA y bajo la denominación de “ALCE VIAJES”.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control y la
Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión de la
Secretaría de Transporte, informan que el requirente ha
cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas bajo
su jurisdicción para prestar el citado servicio, correspondiendo
autorizar el permiso de que se trata y la incorporación del parque
móvil propuesto.
Que por su parte la Dirección General de Transporte expresa
que se encuentran reunidos todos los presupuestos para la
viabilidad del pedido y se ha observado todo el procedimiento
pertinente con la documentación respaldatoria del caso, por lo
que considera que puede hacerse lugar a lo solicitado.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero y Escolar se
encuentra normado en el Artículo 9°, incisos “D, E y F” de la Ley
N° 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N° 254/03 y
Artículo 37° del Anexo A del decreto precitado.
Que el Artículo 40° inciso “E” del Decreto N° 254/03, faculta a
esta Secretaría, a otorgar el presente permiso por el término de
CINCO (5) años a partir del dictado de la Resolución y atento
que la unidad Dominio N° NSX 367 que la peticionante solicita
incorporar, se encuentra inscripta en el Registro Nacional de la
Propiedad del Automotor el 14-03-2014.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un
plazo fijo pudiendo ser revocado mediante resolución fundada
en cualquier momento.
Que por imperio de la normativa citada, el servicio a prestar por
esta modalidad debe transponer las zonas urbanizadas de
jurisdicción municipal o comunal de la localidad donde tiene su
centro. A su vez debe resaltarse que la ley de transporte provin-
cial define al servicio especial como aquel que se realiza mediante
contratación previa en cada caso pactándose las condiciones
del viaje, sin recorrido permanente, es decir teniendo como objeto
contractual la realización de viajes ocasionales que no sean
efectuados con recorridos fijos, predeterminados como línea regu-
lar.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección
General de Operaciones bajo el N° 768/2014,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE a la señora Olga Alicia
LUDUEÑA, D.N.I. N° 16.947.665, C.U.I.T. Nº 27-16947665-4,
Ingresos Brutos -Exento-, con domicilio en Luna y Cárdenas N°
2772, B° Alto Alberdi, Córdoba, para que preste por el término
de CINCO (5) años, un Servicio Especial, Obrero y Escolar, con
centro en la Ciudad de CORDOBA y bajo la denominación de
“ALCE VIAJES”.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la incorporación al servicio
otorgado a la señora Olga Alicia LUDUEÑA, del siguiente parque
móvil:- Marca Renault, modelo del año 2014, chasis N°

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