Disposición 142/2014

Fecha de publicación17 Octubre 2014
Fecha de disposición15 Octubre 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32991



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Disposición 142/2014Bs. As., 15/10/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0124168/2014 registro de este Ministerio, la Ley Nº 26.215, la Decisión Administrativa Nº 837 del 3 de octubre de 2014 y la Disposición de esta DIRECCION NACIONAL ELECTORAL Nº 19 del 18 de marzo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que en los artículos 9° y 10 de la mencionada Ley se establecen los recaudos necesarios para la asignación a los partidos políticos del aporte para el desenvolvimiento institucional.

Que en virtud de lo informado por el Departamento Gestión Fondo Partidario Permanente de la Dirección de Financiamiento Partidario y Electoral dependientes de esta DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, de la distribución que se practica deben excluirse aquellos partidos políticos sobre los que se haya dictado una resolución judicial que decrete la pérdida de derecho a estos aportes.

Que, respecto a las agrupaciones políticas que han concurrido en alianzas electorales a las últimas elecciones se aplican en cada caso, a los efectos de la determinación de sus correspondientes aportes, las formulas establecidas en los convenios de distribución respectivos, oportunamente informados por la Justicia Nacional Electoral.

Que para determinar la suma que tendrá derecho a percibir cada agrupación política en función de las fórmulas que la mencionada Ley establece, debe diferenciarse el aporte establecido en el inciso a) del artículo 9°, para lo cual se deberá distribuir la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHO ($ 4.412.408,00) equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) de la suma total en forma igualitaria entre los partidos políticos reconocidos y no afectados por medidas judiciales.

Asimismo, en función de lo normado en el inciso b) del mencionado artículo, debe determinarse un valor de referencia por voto mediante la división de la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 17.649.632,00) equivalente al OCHENTA POR CIENTO (80%) restante entre la cifra de votos positivos correspondiente al total de los votos obtenidos por los partidos políticos con derecho a percibir estos aportes y asignarse el aporte pertinente a cada uno de ellos, multiplicando dicho valor de referencia por el número de votos obtenidos por cada partido político en la última elección...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR