Resolución 1089/2014

Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2014



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1089/2014Bs. As., 6/10/2014

VISTO el Expediente N° 1050/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 26.522 tiene como objeto la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que el objeto principal de la actividad brindada por los servicios regulados por la prenotada Ley es la promoción de la diversidad, la universalidad en el acceso y la participación, lo que implica igualdad de oportunidades de todos los habitantes de la Nación para acceder a los beneficios de su prestación, así como la promoción del federalismo, la eliminación de brechas en el acceso al conocimiento, el fomento de la expresión y el desarrollo de la cultura popular, educativa y social de la población.

Que, entre los objetivos del INTA se encuentran la promoción del desarrollo, la innovación y el fomento de la cooperación interinstitucional para mejorar la competitividad y el desarrollo rural del país.

Que el ejercicio pleno del derecho a la comunicación que promociona la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, en especial el sector sin fines de lucro, y que el INTA acompaña a sus acciones en intervenciones en el territorio contribuye a fortalecer los procesos de participación y organización de estos actores en la resolución de sus problemáticas más sentidas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado de la presente a través de la suscripción del acta pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 30), de la Ley 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL

DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración en materia de comunicación audiovisual suscripto entre la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, que como Anexo integra la presente.

ARTICULO 2°

— Regístrese, comuníquese...

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