Resolución 2115/2014

Fecha de la disposición29 de Agosto de 2014



Secretaría de Empleo

PROGRAMA EMPLEO

Resolución 2115/2014

Resolución Nº 2.636/2012. Modificación.

Bs. As., 29/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.509.929/2012 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto Nº 84 del 23 de enero de 2014, la Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL Nº 695 del 13 de agosto de 2012 y Nº 622 del 30 de junio de 2014, la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 2.636 del 11 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 695/12, se creó el PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” que tiene por objeto potenciar las calificaciones y habilidades laborales de trabajadores afectados por problemáticas de empleo, mediante su incorporación en obras de infraestructura comunitaria o productiva, vinculada a la generación y sostenimiento del empleo, que les permitan adquirir o consolidar saberes propios del sector de la construcción y/o contribuyan a la permanencia en su situación de empleo.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 2.636/12, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO”.

Que el PROGRAMA CONSTRUIR EMPLEO prevé su implementación a través de la ejecución de proyectos de obra enmarcados en las siguientes líneas de acción: 1) la Línea CONSTRUCCION: orientada a la construcción de obras nuevas o ampliación de obras existentes, y 2) la Línea MEJORAMIENTO EDILICIO: orientada a la refacción, reacondicionamiento y/o mejora de obras existentes.

Que el PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” está dirigido a: 1) trabajadores desocupados incluidos en el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, en el PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO o en otros programas o acciones de empleo ejecutados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; 2) trabajadores desocupados mayores de DIECIOCHO (18) años que presenten dificultades de inserción en el empleo, y 3) trabajadores asociados en Cooperativas de Trabajo del sector de la construcción.

Que los proyectos de obra del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” pueden ser formulados y/o desarrollados por: 1) Organismos públicos nacionales, provinciales y municipales; 2) Entes públicos autárquicos o descentralizados; 3) Instituciones sin fines de lucro, y 4) Cooperativas de Trabajo.

Que los trabajadores desocupados que se incorporan a los proyectos de obra del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” reciben formación práctica para la adquisición de saberes necesarios para desempeñarse en la industria de la construcción.

Que el PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” brinda a las entidades participantes asistencia técnica y económica para la ejecución de los proyectos de obra y la capacitación de los trabajadores, y prevé incentivos económicos para la incorporación de trabajadores desocupados en el desarrollo de las obras.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 622/14, modificatoria de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 695/12, se incluyó dentro de las poblaciones objetivo del PROGRAMA “CONSTRUIR EMPLEO” a los trabajadores desocupados mayores de DIECIOCHO (18) años incluidos en el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR), creado por el...

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