Resolución 948/2014

Fecha de la disposición27 de Agosto de 2014



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 948/2014Bs. As., 27/8/2014

VISTO los Expedientes Números 1819.00.0/02 y 1819.01.0/02 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que en las mencionadas actuaciones tramita el concurso público convocado para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia 102.7 MHz., canal 274, categoría D, de la ciudad de HOYO DE EPUYEN, provincia del CHUBUT.

Que el citado concurso se convocó en el marco del Decreto Nº 1144/96, modificado y complementado por sus similares números 1260/96, 310/98, 2/99 y 883/01, mediante el cual se implementó el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada.

Que mediante Resolución Nº 180-SG/01, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirían los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en las categorías A, B, C y D.

Que posteriormente mediante Resoluciones números 2364-COMFER/01 y 454-COMFER/02 —modificada, esta última, a través de su similar Nº 477-COMFER/02—, se convocó al concurso público que tramita bajo las actuaciones mencionadas en el Visto.

Que en la fecha oportunamente fijada tuvo lugar el acto de apertura del procedimiento de selección en cuestión, verificándose la presentación de una sola oferta efectuada por la firma SOL PATAGONIA RADIODIFUSORA SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por Marina Andrea MAGRI y Jorge Alberto OLIVEROS, la que se encuentra documentada en el Expediente Número 1819.01.0/02.

Que, el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento concursal de que se trata estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran en el referido proceso.

Que las áreas pertinentes de este organismo, han evaluado los aspectos personal y societario, patrimonial y cultural de la propuesta concurrente, practicando un detallado análisis de la misma con relación a las condiciones y requisitos antes citados.

Que del informe sobre el aspecto cultural y de programación elaborado por el área competente, se colige que la propuesta cumple con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.

Que con relación al aspecto personal y societario de la oferta...

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