Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Diciembre de 2008, R. 750. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 530. XLII. y otros.

A.J.H.Y.O. c/ PEN Y OTRO s/ amparo.

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2008 Vistos los Autos: "A.530.XLII. 'ANGAROLA JORGE HECTOR Y OTRO C/ PEN Y OTRO S/ AMPARO'; B.272.XLII. 'B.H.R.C./ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 S/ AMPAEO LEY 16986'; B.1432.XLII.

'B.J.G.C./ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 S/ AMPARO LEY 16986'; R.750.XLII. 'RUBINSTEIN ABRAHAM Y OTRO C/ PEN DTOS. 1570/01 214/02 S/ AMPARO'".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa "Massa" (Fallos:329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir-en lo pertinente- en razón de brevedad.

El juez F. se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa "P." (Fallos:330:331).

El juez P. se remite a su voto en la causa V.765.XLI "V., S.S. c/P.E.N. s/amparo", sentencia del 29 de abril de 2008.

Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios interpuestos y se dejan sin efecto las sentencias apeladas, debiendo el tribunal a quo, por quien corresponda, dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina establecida en el precedente "M.". Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado en atención a los fundamentos de ese precedente.

N. y devuélvanse las actuaciones. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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