Disposición Nº 443/GCABA/DGCYC/14

FirmantesButera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Compras y Contrataciones
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2014

VISTO:

El T.S. N° 566-4-14, referente al incumplimiento contractual incurrido por la firma

PLUS DENTAL S.A. en virtud del contrato amparado mediante Orden de Compra N°

15.267/13, por la cual se adquirieron Insumos Medicinales con destino al Hospital de

Odontología Dr. José Dueñas, dependiente del Ministerio de Salud, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° 2013-33-HMO, se le aplicaron a la firma adjudicataria las

penalidades reglamentarias por la rescisión parcial del contrato surgido de la Orden de

Compra mencionada ut supra, por un monto total de Pesos Ciento Cincuenta y Seis

con 00/100 ($156,00);

Que dicho acto administrativo fue notificado de acuerdo a los artículos 60 y 61 de la

Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se corrió el traslado previsto en el artículo 135 del Decreto N° 754/GCBA/2008,

reglamentario de la Ley N° 2.095 y se siguió el procedimiento administrativo estatuido

por las normas legales vigentes;

Que llamada a intervenir la Unidad Operativa de Adquisiciones, el Director del Hospital

manifiesta que "El incumplimiento incurrido por el proveedor ha ocasionado perjuicio

en las distintas áreas, a las cuales estaban destinados dichos insumos";

Que la Directora Operativa de Coordinación de la Representación de la Dirección

General de Contaduría informa que "...la multa pecuniaria aplicada por Disposición 33-

HMO-2013, ha sido deducida de la Orden de Pago N° 302083-2013 por un importe de

PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS ($156,00)";

Que notificado el adjudicatario de la iniciación del trámite disciplinario conforme Cédula

de Notificación N° 411/04/2014 de fecha 28.Abril.2014, procedió a tomar vista de las

actuaciones y no presentó el descargo que hace a su derecho de defensa;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete y en su Dictamen Jurídico considera que en el caso de

estos actuados "...podría contemplarse la aplicación de la sanción disciplinaria de

apercibimiento a la firma PLUS DENTAL S.A. ...";

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 de la Ley N° 2.095,

promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/2.007 (BOCBA N° 2.557);

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

EN SU CARÁCTER DE ÓRGANO RECTOR

DISPONE:

Artículo 1°...

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