Disposición Nº 426/GCABA/DGCYC/14

FirmantesButera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Compras y Contrataciones
Fecha de la disposición19 de Junio de 2014

VISTO:

La Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, el y los Decretos N° 1.145/09 y N°

95/14, la Disposición N° 91/DGCyC/12, el Expediente Electrónico N° 2014-6550547-

MGEYA-DGCYC y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que contienen los lineamientos a

observar en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios

en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de

Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de

las modificaciones que le fueran introducidas por Ley N° 4.764;

Que por el Decreto N° 1.145/GCABA/09 oportunamente se aprobó la reglamentación

del artículo 83° de la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de

Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

denominado "Buenos Aires Compras (BAC)" con alcance a todas las jurisdicciones

dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 2.095 establece en su artículo 17° que el Sistema de Compras y

Contrataciones estará integrado por un Órgano Rector, cuyas funciones le fueron

asignadas a esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de

Hacienda;

Que entre las funciones del Órgano Rector establecidas en el artículo 18 de la Ley

2.095, se encuentra la de administrar el funcionamiento del Registro Informatizado

Único y Permanente de Proveedores; el Registro Informatizado de Bienes y Servicios

y el Registro Informatizado de Información de Contrataciones de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que el Registro Informatizado de Bienes y Servicios, en adelante RIBS, contiene todos

los bienes y servicios que se adquieren o contraten clasificados, denominados y

codificados de manera uniforme, como así también la indicación de las normas

técnicas aceptadas o vigentes que deba cumplimentar cada bien que se adquiera o

servicio que se contrate, siendo de uso obligatorio en todos los procedimientos de

selección, teniendo como objetivo que la descripción del bien o servicio sea clara,

precisa e inconfundible;

Que por Disposición N° 92/DGCyC/12 se aprobó el procedimiento para la inscripción,

modificación y la baja de bienes y servicios en el Registro Informatizado de...

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