Resolución 711/2014

Fecha de disposición14 Mayo 2014
Fecha de publicación19 Mayo 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32886



Ministerio de Justicia

y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución711/2014Resolución Nº 712/2012. Déjase sin efecto.

Bs. As., 14/5/2014

VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 2318 del 29 de octubre de 2012 y 1073 del 18 de junio de 2013 y el Legajo Nº 70/12 de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL de SAN JUAN, Provincia de SAN JUAN, se encuentra radicado el Expediente Nº 1077-M-2011, caratulado “C/MARTEL, OSVALDO BENITO Y OTROS POR AVERIGUACION DE INF. DELITOS DE LESA HUMANIDAD”.

Que mediante la Resolución M.J. y D.H. Nº 712 del 26 de abril de 2012 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Juan Carlos CORONEL (D.N.I. Nº 7.206.453), sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 8 de noviembre de 2011.

Que posteriormente a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1073/13 se prorrogó por el término de DOCE (12) meses desde sus vencimientos varias recompensas oportunamente ofrecidas, entre ellas, la correspondiente a la resolución citada precedentemente.

Que la FISCALIA FEDERAL de SAN JUAN comunicó por Oficio de fecha 20 de febrero de 2014, que el día 31 de mayo de 2013 se produjo la detención de Juan Carlos CORONEL en el marco de los Autos Nº 4.459 caratulados “COMPULSA - RECURSO DE HABEAS CORPUS a favor de HUGO RICARDO BUSTOS y sus acumulados Autos Nº 4.492, COMPULSA - Recurso de Habeas Corpus a favor de CAMUS ROSANA MARGARITA; Autos Nº 6.204, caratulado Denuncia por PRESUNTA desaparición de María Ana Erize y Autos Nº 17.272-4, caratulados Presunta comisión de apremios ilegales y torturas en perjuicio de Ripoll Juan Bautista y otros - PIEZA SUELTA” en trámite ante el JUZGADO FEDERAL Nº 2 de SAN JUAN.

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la recompensa...

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