51.281 - Frigorifico la Cabaña Sa S/quiebra - Sindico Designado Contador Donato Antonio Sarcuno

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2007

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2007.Francisco J. Troiani, secretario interino.e. 14/11/2007 Nº 563.535 v. 20/11/2007 N° 10El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nro. 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría nro. 20, a cargo de la Dra.FernandaAndrea Gómez, sito en Callao 635, P.B., de la Nº 31.285 37Martes 20 de noviembre de 2007 do por constituído en los estrados del juzgado. Se previene a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. El presente deberá publicarse por cinco días en el Boletín Oficial.Buenos Aires, 5 de Noviembre de 2007.Rafael Trebino Figueroa, secretario.e. 14/11/2007 Nº 563.531 v. 20/11/2007 N° 18El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 18, Secretaría Nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3ro., hace saber que con fecha 1 de Octubre de 2007 se decretó la quiebra de 'PROTECTIO S.R.L.', inscripta en la Inspección General de Justicia el 14 de Julio de 1987, bajo el Nro. 3792 del Libro 88 de Sociedades de Responsabilidad Limitada, CUIT Nro. 3061282784-2, con sedé social en la calle Iberá 2502/10, Buenos Aires, manteniéndose como síndico de la quiebra al. Estudio de los Dres. Graciela Silvia Turco y Mauricio Gola, con domicilio en Cochabamba 4272, haciéndose saber a los acreedores posteriores a la presentación en concurso de la fallida que deberán promover las peticiones de verificación créditos y títulos pertinentes conforme lo previsto por el art. 202 de la Ley 24522.Intímase a la fallida a fin de que en el plazo de 24 hora4 cumpla en lo pertinente con los recaudos del art. 86 de la L.C.Q. y entregue a la sindicatura los bienes que tenga en su poder, al igual que sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros de la prohibición de hacer pagos a la cesante, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces.- Se intima igualmente a quienes tengan documentación y bienes de la deudora objeto de desapoderamiento a ponerlos a disposición de la sindicatura dentro del plazo de cinco días desde la última publicación de este edicto.- Publíquese por cinco días.Buenos Aires, 7 de noviembre de 2007.María Florencia Estevarena, secretaria.e. 16/11/2007 Nº 563.843 v. 22/11/2007 EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría Nº 36, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º, hace saber por cinco días que con fecha 8 de octubre de 2007 se ha decretado la quiebra de OSCAR ALBERTO CARDOZO, C.I.P.F. Nº 6.574.309, intimándose a los acreedores que deberán presentar hasta el 14 de diciembre de 2007 al Síndico Carlos Alberto Chaud Perez con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 710, entre piso, de la Capital Federal, sus pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico objeto de desapoderamiento; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 86 de la ley concursal; entregue al síndico dentro de las 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48,00 horas, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se expide por mandato de V.S. en los autos caratulados: 'CARDOZO OSCAR ALBERTO S/ QUIEBRA', en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.Buenos Aires, 1 de noviembre de 2007.Adriana Bravo, secretaria.e. 14/11/2007 Nº 563.488 v. 20/11/2007 Juzg. Nac. de 1ra. Inst. en lo Comercial Nº 18, a cargo del...

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