Resolución N° 47 'A'

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2014
CÓRDOBA, 26 de marzo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 39 Primera Sección 5
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSPECCN de PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 47 “A”
Córdoba, 18 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-110931/2014, mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION PARA LA CULTURA
EL DEPORTE Y LA RECREACION VILLA LA BOLSA”, con
asiento en la Localidad de Villa Ciudad de América, Provincia de
Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta
en Reunión Especial de fecha 11 de Diciembre de 2013.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en
autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Reunión Especial de fecha
11 de Diciembre de 2013 por la Entidad Civil denominada
“FUNDACION PARA LA CULTURA EL DEPORTE Y LA
RECREACION VILLA LA BOLSA”, CUIT N°30-71156012-9, con
asiento en la Localidad de Villa Ciudad de América, Provincia de
Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto Social,
modificando los artículos 1° y 2° , comprendiendo el cambio de
nombre por el de “FUNDACIONAITUE (LA TIERRA QUE UNO
AMA)”, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts.
2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando los artículos 1° y 2° , sancionada en Reunión Espe-
cial de fecha 11 de Diciembre de 2013 de la entidad civil
“FUNDACION PARA LA CULTURA EL DEPORTE Y LA
RECREACION VILLA LA BOLSA” CUIT N° 30-71156012-9,
comprendiendo el cambio de nombre por el de
“FUNDACIONAITUE (LA TIERRA QUE UNO AMA)”, con asiento
en la Localidad de Villa Ciudad de América, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 217 “A”/10 de fecha 17 de Junio de
2010-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente
y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 48“A”
Córdoba, 18 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-094785/2011, mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CLUB ARGENTINO DE SERVICIOS
DE VILLA MARIA”, con asiento en la Ciudad de Villa María,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria de fecha 26
de Noviembre de 2011.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en
autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordi-
naria de fecha 26 de Noviembre de 2011 por la Entidad Civil
denominada “CLUB ARGENTINO DE SERVICIOS DE VILLA
MARIA”, CUIT N°30-66940689-0, con asiento en la Ciudad de
Villa María, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma
del Estatuto Social, modificando los artículos 1°, 3 y 6
comprendiendo el cambio de nombre por el de “CLUB DE
SERVICIOS VILLA MARIA”, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts.
2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando los artículos 1°,3° y 6, sancionada en Asamblea Gen-
eral Ordinaria de fecha 11 de Noviembre de 2011 de la entidad
civil “CLUB ARGENTINO DE SERVICIOS DE VILLA MARIA”
CUIT N°30-66940689-0 , comprendiendo el cambio de nombre
por el de “CLUB DE SERVICIOS VILLA MARIA”, con asiento en
la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 092 “A”/96 de fecha 02 de Mayo de
1996-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente
y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 43“A”
Córdoba, 7 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-105934/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CONSTRUCCION FEDERAL PARA
LA INCLUSION FEDERAL ASOCIACION CIVIL - (Con.Fi.Ar.)”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “CONSTRUCCION FEDERAL PARA LA INCLU-
SION FEDERAL ASOCIACION CIVIL - (Con.Fi.Ar.)”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 42“A” Córdoba, 7 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-108810/2013, en el cual constan
actuaciones referidas a la Entidad “INSTITUTO HIJAS DE MARIA
INMACULADA DE VILLA CORINA”, con asiento en la Ciudad
de Córdoba , Provincia de Córdoba.-
Y CONSIDERANDO:
Que se presentan un grupo de asociados, de la Entidad con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, y
solicitan se designe una Comisión Normalizadora, denunciando
una situación de acefalía e irregularidad institucional.-
Que conforme lo manifiesta el Area Asociaciones Civiles y
Fundaciones en el Informe Técnico la Entidad posee Personería
Jurídica otorgada por Decreto N° 2678 “A” de fecha 25 de
noviembre de 1964.-
Asimismo se advierte que el último acto social efectuado por
dicha entidad, es una Asamblea General Ordinaria de fecha 22
de Diciembre de 2.000. A la fecha las autoridades de la entidad
de marras se encuentran con los mandatos vencidos y
adeudando los balances correspondientes desde el 30/06/2.000
al 30/06/2013.
Que de nuestros registros surge que el cierre del ejercicio
económico se efectuá el 30 de Junio de cada año, por lo tanto la
Institución se encuentra en la situación prevista en el Inc. j), Apartado
2) del Art. 10 de la Ley Nº 8652.-
Que se estiman cumplidos los requisitos formales y legales con
relación a la solicitud de designación de Comisión Normalizadora
de la Entidad “INSTITUTO HIJAS DE MARIA INMACULADA DE
VILLA CORINA”.-En consecuencia y en uso de las facultades
conferidas por los Arts. 2 y 10 y concordantes de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: DESIGNAR como Comisión Normalizadora de
la Entidad Civil denominada “INSTITUTO HIJAS DE MARIA
INMACULADA DE VILLA CORINA”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, a los Señores: Adriana Beatriz
BALLISTRERI, D.N.I. N° 18.408.312, Irma Graciela ATENCIO,
D.N.I. N° 13.153.033 y Mirta Irma OLIVO, D.N.I. N° 5.818.122,
como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión
del cargo, suscribiendo un acta ante el Area de Asociaciones
Civiles y Fundaciones de esta Dirección.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR su funcionamiento por el término
de sesenta (60) días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a
Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y
elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia
participación de la masa societaria y respetando las normas
estatutarias en vigencia.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la anotación de la medida en el registro
pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 44“A”
Córdoba, 7 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109290/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE
TRANSPORTISTAS CEREALEROS DE MELO”, con asiento en
la Ciudad de Melo, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-

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