5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Marzo de 2023
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
VIERNES 10 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 48
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
5a
MUNICIPALIDAD VILLA DOLORES
Decreto N° 19873 ......................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD POZO DEL MOLLE
Ordenanza N°1797 ....................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD
VILLA DOLORES
DECRETO N°19.873.-
DEPARTAMENTO EJECUTIVO: 09 de marzo 2.023.-
EXPEDIENTE INTERNO N°15.160 - LETRA “D”.
VISTO: La Ordenanza N°2.905, promulgada por Decreto N°19.766 de fe-
cha 06 de marzo de 2.023, mediante el cual se aprueba el llamado a Lici-
tación Pública para LA CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE UN (01)
LOCAL COMERCIAL situado en la Estación Ter minal de Ómnibus “Paseo
La Vieja Bodega” de esta ciudad de Villa Dolores.-
Y CONSIDERANDO:
Que, en consecuencia debe jarse día y hora para dicho Llamado a
Licitación Pública, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo, en un
todo de acuerdo a lo establecido.-
LA INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA:
Art. 1°.- LLÁMESE a Licitación Pública para para el día 28 de marzo
del corriente año a las 12:00 hs para LA CONCESIÓN DE LA EXPLO-
TACIÓN DE UN (01) LOCAL COMERCIAL con la necesidad de cubrir los
siguientes rubros HELADERIA, SANDWICHERIA TAKE OWAY Y/O ABIER-
TO A SUGERENCIA DE OFERENTE, todo ello en el Auditorio Municipal
“Prof. Osmar Alfredo Gil” ubicado en Avda. San Martín Nº 650, en un todo
de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones General y Particular que
forman parte integrante de la Ordenanza N°2.905/23.-
Art. 2°.- FIJASE el día 28 de marzo del corriente año a la hora 10:00
como plazo máximo de presentación de propuestas en Secretaria de Go-
bierno sito en el Palacio Municipal, Avda. San Martín Nº 650.-
Art. 3°.- LOS Pliegos podrán adquirirse en Secretaría de Gobierno,
hasta las 12:00 horas del día 23 de Marzo de 2.023. Valor de los Pliegos:
Pesos Cinco Mil ($5.000).-
Art. 4º.- EL presente llamado a Licitación, será publicado por el término de
tres días consecutivos en el Boletín Ocial de la Provincia, tres días alternados
en el Diario Democracia de la Ciudad de Villa Dolores y demás medios ordina-
rios de publicidad que el Departamento Ejecutivo estime conveniente.-
Art. 5°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y
Archívese.-
FDO: DRA. CAROLINA MARICEL STUMPF - SECRETARIA DE GOBIERNO / PROF.
CARMEN GLORIA PEREYRA - INTENDENTE MUNICIPAL
3 días - Nº 440193 - s/c - 14/03/2023 - BOE
MUNICIPALIDAD
POZO DEL MOLLE
ORDENANZA N° 1797
VISTO: El Expte No 01651 caratulado: “MUNICIPALIDAD DE POZO DEL
MOLLE- PLANO DE MENSURA Y LOTEO”, que registra la solicitud No
000734, de fecha 29/09/2022, sobre una Propiedad de la Municipalidad de
Pozo del Molle, cuyos datos catastrales son: Dep. 27, Ped. 09, Pblo.21, C.
02, S. 01, Mz. 064, P.: 135, Matricula Folio Real N° 1831711, propiedad N°
27094320727/2; realizado por el Ingeniero Agrimensor RODRIGO RAUL
FLORES, M.P.: 1475/1.-
Y CONSIDERANDO:
Que el programa LO TENGO radica en la transmisión a título oneroso
de lotes con servicios básicos, destinados a grupos familiares que residan
en el territorio de la provincia de Córdoba, con el propósito de edicar vi-
viendas unifamiliares para uso propio e indisoluble del grupo familiar.-
Que desde tiempos antiguos, “la vivienda es condición esencial para
la supervivencia del hombre. La vivienda es refugio y es un derecho funda-
mental del hombre, y es interés de esta MUNICIPALIDAD DE POZO DEL
MOLLE proteger dicho derecho fundamental (Art. 58 de la Constitución de
la Provincia de Córdoba contempla el derecho a la vivienda digna).-
Que el loteo satisface los requerimientos urbanísticos de ese sector de
la localidad, ya que el loteo propuesto mantiene los parámetros de la locali-
dad, en cuanto a continuidad y ancho de calles, tipo de amanzanamientos,
supercies de lotes y espacios verdes.-
Que a los nes de poder proseguir con los trámites correspondientes
ante la DIRECCION GENERAL DE CATASTRO, es necesario cumplimen-
tar con ciertos requisitos, entre ellos declarar el interés público y social el
loteo referenciado.-

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