5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor14 de Septiembre de 2021
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 190
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
5a
MUNICIPALIDAD DE COSqUíN
Remate .................................................................................Pag. 1
Decreto Nº 221/2021 ............................................................Pag. 1
Decreto Nº 222/2021 ............................................................Pag. 2
Decreto Nº 223/2021 ............................................................Pag. 3
Decreto Nº 225/2021 ............................................................Pag. 3
Decreto Nº 224/2021 ............................................................Pag. 4
Decreto Nº 226/2021 ............................................................Pag. 4
MUNICIPALIDAD DE CARRILOBO
Decreto Nº 111/2021 ............................................................Pag. 5
Decreto Nº 112/2021 ............................................................Pag. 5
Decreto Nº 113/2021 ............................................................Pag. 5
Decreto Nº 114/2021 ............................................................Pag. 5
Decreto Nº 115/2021 ............................................................Pag. 6
Decreto Nº 116/2021 ............................................................Pag. 6
Decreto Nº 117/2021 ............................................................Pag. 6
Continúa en Pag. 02
MUNICIPALIDAD DE
COSQUÍN
Remate
COSQUÍN, el Intendente de la Municipalidad de COSQUÍN dispuso me-
diante Decreto N° 0375/2021, REMATAR 8 LOTES DE TERRENO, proce-
dimiento de Subasta Pública Electrónica portal www.subastaelectrónica.
com.ar duración 5 días comenzando el día 15/09/2021 a las 10.00 hs. Los
TERRENOS son propiedad Municipal:
1- MANZANA 011 PARCELA 013 Sup. 420.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “A” Mz. 9 Lte. 13 BASE $ 126.000.-
2- MANZANA 032 PARCELA 067 Sup. 735.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 28 BASE $ 220.000.-
3- MANZANA 032 PARCELA 068 Sup. 803.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 29 BASE $ 240.000.-
4- MANZANA 032 PARCELA 069 Sup. 871.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 30BASE $ 261.000.-
5- MANZANA 032 PARCELA 070 Sup. 940.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 31 BASE $ 282.000.-
6- MANZANA 032 PARCELA 071 Sup. 1360.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 32 BASE $ 340.000.-
7- MANZANA 032 PARCELA 072 Sup. 1141.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 34 BASE $ 284.000.-
8- MANZANA 032 PARCELA 023 Sup. 600.00 mts.2 Designación Ocial
Zona “C” Mz. 19 Lte. 75 BASE $ 184.000.-
Postura mínima PESOS TRESCIENTOS ($300.00) por M2 superior a la
base jada para la puja. A cargo del Martillero Publico Luis María Ghilino,
M.P. 04-1098 y 05-1132.
3 días - Nº 333590 - $ 1804,62 - 15/09/2021 - BOE
DECRETO Nº 0221/2021
Cosquín, 11 de mayo de 2021
VISTO: El Expediente No 2021-511-1 – Dirección de Personal, registro
Municipal y la Resolución Serie W No 001920/2021 emitida con fecha
04/05/2021 por la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provin-
cia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Serie W No 001920/2021 de la Caja de Ju-
bilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba, se otorga a la
agente municipal HERRERA GLADYS BEATRIZ, Documento Nacional de
Identidad No 14265763, Legajo Personal No 73, la Jubilación Ordinaria de
la Ley No 8024 y sus normas reglamentarias, complementarias y modica-
torias.
Que en razón de habérsele acordado el benecio antes mencionado
corresponde dar de baja al agente en forma denitiva en los términos esta-
blecidos en la Resolución precitada.
Que conforme lo diligenciado y en uso de atribuciones conferidas por
Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal – el señor Intendente Munici-
pal,
D E C R E T A
Artículo 1o.- DÉSE DE BAJA, en forma DEFINITIVA, a la agente mu-
nicipal HERRERA GLADYS BEATRIZ, Documento Nacional de Identidad
No 14265763, Legajo Personal No 73, quién revista en este Municipio en
el Escalafón con Categoría 20 – Administrativa, a partir del 01/06/2021, por
acogerse a los benecios de la JUBILACIÓN ORDINARIA de la Ley No
8024, sus normas reglamentarias, complementarias y modicatorias.
Artículo 2o.- POR la Ocina de Supervisión de Despacho notifíquese
informando del Presente a la Coordinación de la Ocina de Personal – Re-
cursos Humanos, para que efectúe las comunicaciones de dicha baja a los
organismos que correspondan.
Artículo 3o.-REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de
Gobierno.
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 190
CORDOBA, (R.A.) MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Artículo 4o.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, cumplido
archívese.
Fdo: Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal;
Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno
1 día - Nº 333674 - s/c - 14/09/2021 - BOE
DECRETO Nº 0222/2021
Cosquín, 11 de mayo de 2021
VISTO:La Ordenanza No 3295/2011, la cual establece el objeto, la organi-
zación y demás disposiciones que hacen al funcionamiento de la Comisión
Municipal de Folklore.
Y CONSIDERANDO:
Que se realiza, en nuestra ciudad, durante todo el año eventos artísti-
cos-culturales, el espectáculo denominado “Festival Nacional de Folklore” y
el certamen denominado “Pre-Cosquín”, desde el año 2020 estos espectá-
culos se programan con una modalidad diferente respetando los protocolos
y con las herramientas destinadas a la preservación de la salud pública,
en razón de la pandemia del Coronavirus Covid-19 que afecta a toda la
Nación, en el marco de la declaración emitida por la Organización Mundial
de la Salud (OMS).
Que estos espectáculos se programan en las áreas que se encuentran
bajo la responsabilidad de la Comisión Municipal de Folklore, quienes rea-
lizan la tarea de planicar, organizar, coordinar, supervisar y administrar.
Que la Ordenanza No 3295 en su Título III, Capítulo 1, Artículo 4o,
establece como deberá estar integrada la Comisión Municipal de Folklore,
los miembros serán designados por el Departamento Ejecutivo Municipal,
y permanecerán en sus funciones por el término que este establezca, no
pudiendo exceder en ningún caso el tiempo correspondiente al mandato
del Intendente Municipal que los designare.
Que de conformidad con el procedimiento establecido en la Ordenanza
No 3295, Título III, Capítulo 1, Artículo 9o, Inciso b) y c), es atribución del
Intendente invitar a integrar la Comisión Municipal de Folklore a quienes
por su idoneidad contribuyan al desarrollo de la organización.
Que atento a la transición de ésta, el Gobierno Municipal procede a la
designación de los nuevos miembros quienes integrarán la señalada Comi-
sión, conforme lo determinado en el Artículo 6o de Ordenanza No 3295.
Por ello, el señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
Artículo 1°.-DESÍGNANSE a partir del día de la fecha, como integran-
tes de la Comisión Municipal de Folklore, a las personas que a continua-
ción se detallan con sus respectivos cargos:
Vicepresidente
LARREA, Edgar Arnoldo DNI N° 14.848.494
Secretaría Ejecutiva y Finanzas
GALLARDO, Nadia Soledad DNI N° 29.603.516
Secretaría de Programación, Pre Cosquín, Prensa y Difusión, Peñas
BARRERA, Luis Darío DNI N° 30.240.945
Secretaría de Obras Complementarias y Patrimonio
RUSSO CARONTI, Pablo Hernán DNI N°23.217.932
Secretaría de Relaciones Públicas e Internacionales
MONTES, María Andrea DNI N° 22.697.626
Viene de Pag. 01
MUNICIPALIDAD DE POzO DEL MOLLE
Decreto Nº 1/2021 ................................................................Pag. 7
Decreto Nº 2/2021 ................................................................Pag. 7
Decreto Nº 3/2021 ................................................................Pag. 8
Decreto Nº 4/2021 ................................................................Pag. 8
Decreto Nº 5/2021 ................................................................Pag. 8
Decreto Nº 7/2021 ................................................................Pag. 9
Decreto Nº 8/2021 ................................................................Pag. 9
Decreto Nº 9/2021 ................................................................Pag. 9
Decreto Nº 10/2021 ..............................................................Pag. 10
Decreto Nº 12/2021 ..............................................................Pag. 10
Decreto Nº 13/2021 ..............................................................Pag. 10
Decreto Nº 14/2021 ..............................................................Pag. 10
Decreto Nº 16/2021 ..............................................................Pag. 11
Decreto Nº 18/2021 ..............................................................Pag. 11
Decreto Nº 19/2021 ..............................................................Pag. 12
Decreto Nº 21/2021 ..............................................................Pag. 12
Decreto Nº 22/2021 ..............................................................Pag. 13
Decreto Nº 23/2021 ..............................................................Pag. 13
Decreto Nº 24/2021 ..............................................................Pag. 13
Decreto Nº 25/2021 ..............................................................Pag. 13
Decreto Nº 26/2021 ..............................................................Pag. 14
Decreto Nº 27/2021 ..............................................................Pag. 14
Decreto Nº 28/2021 ..............................................................Pag. 14
Ordenanza Nº 1742/2021 .....................................................Pag. 15
Ordenanza Nº 1743/2021 .....................................................Pag. 15
Ordenanza Nº 1744/2021 .....................................................Pag. 16
Ordenanza Nº 1745/2021 .....................................................Pag. 21
Ordenanza Nº 1746/2021 .....................................................Pag. 21
Ordenanza Nº 1747/2021 .....................................................Pag. 23
Ordenanza Nº 1748/2021 .....................................................Pag. 25
Ordenanza Nº 1749/2021 .....................................................Pag. 26
MUNICIPALIDAD DE LABORDE
Ordenanza Nº 455/2021 .......................................................Pag. 28
MUNICIPALIDAD DE SAN jOSé
Ordenanza Nº 696/2021 .......................................................Pag. 29
Decreto Nº 41/2021 ..............................................................Pag. 29
Ordenanza Nº 697/2021 .......................................................Pag. 29
Decreto Nº 42/2021 ..............................................................Pag. 30
MUNICIPALIDAD DE LUqUE
Ordenanza Nº 1935/2021 .....................................................Pag. 30
Ordenanza Nº 1936/2021 .....................................................Pag. 30
Ordenanza Nº 1937/2021 .....................................................Pag. 32
Ordenanza Nº 1938/2021 .....................................................Pag. 32
3
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 190
CORDOBA, (R.A.) MARTES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Secretario de Actas
FIGUEROA, Mercedes del Carmen DNI N° 11.087.694
Artículo 2o.-DERÓGASE toda disposición que se oponga a la presente.
Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de
Gobierno.
Artículo 4o.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, tomen
conocimiento quienes corresponda y gírense las presentes actuaciones al
área respectiva.
Fdo: Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal;
Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno
1 día - Nº 333679 - s/c - 14/09/2021 - BOE
DECRETO N° 0223/2021
Cosquín, 12 de mayo de 2021
VISTO: Las tareas que lleva a cabo la Coordinación de Procuración Fiscal
de esta Municipalidad.
Y CONSIDERANDO:
Que se debe instrumentar las acciones y procedimientos establecidos
en la Ordenanzas No 2685 – Código Tributario Municipal y No 3590 – Ad-
hesión a la Ley 10059 Código de procedimiento Unicado.
Que es competencia del Organismo Fiscal Municipal proceder a la
emisión de cedulones para el cobro judicial intimando a contribuyentes con
mora a cumplir con los pagos de distintos tributos, tasas y contribuciones.
Que para ello es necesario designar personas aptas que realicen la
tarea de noticar a los contribuyentes con mora, a n de no entorpecer el
procedimiento.
Por ello, en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102,
Orgánica Municipal, el señor Intendente Municipal
D E C R E T A
Artículo 1°.-DESIGNASE al señor GOMEZ, DAVID ALBERTO, DNI No
24.211.593, a cumplir las tareas de Noticador, a partir del día de la fecha,
conforme a los argumentos vertidos en los Visto y Considerando del Pre-
sente.
Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE informando del Presente a la Coordina-
ción de la Ocina de Personal – Recursos Humanos, para que proceda
a formular las registraciones y afectaciones administrativas contables ne-
cesarias y realice los actos y procedimientos que correspondieren en los
términos de las normativas vigentes y aplicables, a los efectos de ejecutar
lo dispuesto en el presente.
Artículo 3°.- EL gasto que demande el cumplimiento del presente De-
creto será imputado a la Partida respectiva del Presupuesto Municipal de
Gastos.
Artículo 4°.- REFRENDASE el presente Decreto por la Secretaria de
Gobierno.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, cumplido
archívese.
Fdo: Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal;
Lic. Natalia Andrea Espin, Secretaria de Gobierno
1 día - Nº 333683 - s/c - 14/09/2021 - BOE
DECRETO N° 0225/2021
Cosquín, 13 de mayo de 2021
VISTO: El Expediente No 2021-227-1 – Mesa de Entradas, registro de esta
Municipalidad, iniciado por el señor MURIZIASCO, ISMAEL NATAN, DNI
No 34103964, por el que reclama indemnización por el daño sufrido recla-
ma indemnización por el dañe sufrido el día 21/01/2021 en el vehículo de
su clienta señora VACA, MARIEL ALEJANDRA DNI No 27957439, marca
Chevrolet, Modelo Montana 1.8 LS PACK, Año 2014, Dominio NZG813.
Y CONSIDERANDO:
Que el vehículo Dominio NZG813, propiedad de la señora VACA, MA-
RIEL ALEJANDRA DNI No 27957439, se encontraba estacionado alrede-
dor de las 08.30 hs. en la plazoleta ubicada en Avenida San Martin No
1700, frente al comercio Lubicentro Cassino, cuando un empleado munici-
pal se encontraba cortando el pasto y al saltar una piedra sobre el automo-
tor produjo la rotura del vidrio lateral derecho trasero.
Que analizada la documentación presentada y de acuerdo a los infor-
mes incorporados en el expediente en cuestión, se corrobora que el hecho
ocurrió tal como lo describe el reclamante.
Que se adjunta presupuesto correspondiente al vidrio para reparación
del vehículo siniestrado y añade nota manifestando que el vehículo no se
encontraba con cobertura de la póliza de seguro vigente.
Que analizados los antecedentes, resulta procedente la petición formu-
lada, pudiendo hacerse lugar a lo solicitado.
Que conforme lo diligenciado por la Secretaría de Economía y Finan-
zas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y
en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica
Municipal – el señor Intendente Municipal;
D E C R E T A
Artículo 1o.-ABONESE al señor MURIZIASCO, ISMAEL NATAN, DNI
No 34103964, la suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS ($ 13500,00),
en concepto de reparación de daños producidos en el vidrio del vehículo
de su clienta señora VACA, MARIEL ALEJANDRA DNI No 27957439, mar-
ca Chevrolet, Modelo Montana 1.8 LS PACK, Año 2014, Dominio NZG813,
automotor, monto que es comprensivo de todo daño presente y/o futuro,
ya sea material, físico, psíquico, moral, lucro cesante, privación de uso,
pérdida de chance y/o de cualquier otro concepto de cualquier naturaleza,
no descripto relacionado causal y/o con causalmente con el hecho que se
describe en los vistos del presente y liberando de toda responsabilidad a la
Municipalidad.
Artículo 2o.-IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento
del Artículo precedente a la Partida Presupuestaria 1.5.53.511- otras trans-
ferencias N.E.P..

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