5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Julio de 2021
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LUNES 19 DE JULIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 145
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
5a
MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
Resolución N° 20/2021 .........................................................Pag. 1
Ordenanza Municipal N° 934/2021 ......................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE
VILLA YACANTO
RESOLUCIÓN HCD N° 20/2021
VISTO La elevación del expediente 226/2021 por parte de la administra-
ción municipal, cuyos interesados son los Sres. Carpena Enrique Federico
DNI 4.373.750 y Carpena Carlos Alberto DNI 4.412.272
Y CONSIDERANDO
Que en el expediente hay una presentación con fecha 27.06.2021, en
la que se solicita la visación previa del plano de mensura y subdivisión
Expte. Municipal Nº 226/2021;
Que los concejales de manera unánime expresan que el proyecto no
cuenta con fundamentos sucientes para otorgar la excepción;
Que antes de otorgar nuevas excepciones es fundamental conocer el
lugar a intervenir, ya que en la excepción otorgada mediante ordenanza
municipal 915/2020, se visitó posteriormente el terreno en la zona del Pa-
raje Río del Durazno donado a la Municipalidad, y se advirtió la geografía
complicada del lugar para el aprovechamiento al 100% según la nalidad
establecida en esa normativa municipal;
Que las excepciones otorgadas luego de la vigencia de la ordenanza
municipal 923/2020 exigen argumentos sólidos, y rearma la facultad al
Concejo Deliberante de aceptar o desechar los proyectos que se presenten
solicitando excepciones a la normativa vigente;
Que la nalidad que expresan “de mejorar el desarrollo de la zona ur-
bana” no está respaldada con documentación suciente, por lo que el
Concejo considera que se debe regir por las normativas vigentes;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
RESUELVE
ARTÍCULO 1ro.- DESESTIMAR la solicitud de otorgar la excepción
expresada en los considerandos, de acuerdo al contenido actual del expe-
diente.
ARTÍCULO 2do.- DEVOLVER el expediente de vistos a la Administra-
ción Municipal para que continúe su curso.
ARTÍCULO 3ro.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en
Sesión Ordinaria de la fecha 08 de Julio de 2021. ACTA N`20/2021
1 día - Nº 323613 - s/c - 19/07/2021 - BOE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 934/2021
VISTO La necesidad de ejecutar una obra pública que aporte infraestructu-
ra al nivel inicial recientemente aprobado por el Ministerio de Educación de
la provincia de Córdoba para el Jardín de Infantes French y Berutti Anexo
el Durazno
Y CONSIDERANDO
Que luego de muchas gestiones y esfuerzos mancomunados el Minis-
terio de Educación de la Provincia aprobó la partida presupuestaria nece-
saria para la puesta en marcha del Jardín de infantes en el Paraje del Rio
del Durazno que a la fecha se encuentra funcionando;
Que para que funcione en óptimas condiciones es necesaria infraes-
tructura, y es por ello que la Municipalidad de Villa Yacanto ha rmado
un convenio especíco con el Ministerio de Educación de la provincia de
Córdoba, para la ejecución de la Obra Pública: “Construcción de una Sala,
kitchen y Baño de docentes para el Jardín de infantes French y Berutti
Anexo El Durazno”, de acuerdo al PROGRAMA AURORA;
Que de acuerdo a la cláusula segunda del convenio mencionado el
Ministerio de Educación aportará a la Municipalidad la suma de PESOS
CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SESENTAY
CUATRO CON 00/100 ($ 4.371.064,00) para la ejecución de la obra, canti-
dad que se considera como precio total, global y único;
Que el responsable técnico de la obra será el Arquitecto Pablo Calvo;
Que realizar la obra mediante administración municipal optimiza tiem-
pos, y permite que los recursos queden en la localidad contratando mano
de obra local;
Que en la cláusula tercera del contrato se especica de qué manera se
realizaran los desembolsos;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º- INCORPÓRESE la Obra Pública: “Construcción de
una Sala, kitchen y Baño de docentes para el Jardín de infantes French y
Berutti Anexo El Durazno” PROGRAMA AURORA- al programa de Obras
Públicas Municipales para el año 2021.
ARTÍCULO 2º- MODIFIQUENSE las siguientes partidas presupuesta-
rias de la Ordenanza Municipal 908/2020 tanto en el cálculo de Ingresos
como de Egresos de acuerdo al siguiente esquema:INGRESOS:1.2.02.16
JARDIN DE INF. F Y BERUTTI-PROG.AURORA$4.371.064,00 EGRE-
SOS:2.1.08.01.04.26 JARDIN DE INF. F Y BERUTTI-PROG.AURORA

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