5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUEVES 12 DE OCTUBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 200
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE
Decreto N° 1967/17 ............................................................ Pag. 01
MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
Decreto N° 0223/17 ............................................................. Pag. 01
Decreto N° 0224/17 ............................................................. Pag. 02
Decreto N° 0225/17 ............................................................. Pag. 02
Decreto N° 0226/17 ............................................................. Pag. 02
Decreto N° 0227/17 ............................................................. Pag. 03
MUNICIPALIDAD de BELL VILLE
Expte. 589/2017 - Decreto 1967/2017
La Municipalidad de Bell Ville llama a Concurso de Precios para la Contra-
tación de Dos Aulas y Circulación en Establecimiento Educativo Escuela
Provincia del Neuquén conforme pliegos. -Presupuesto Ocial: Pesos Un
Millón Ciento Ochenta y Seis Mil Seiscientos Noventa y Cinco con 05/100
($1.186.695,05) IVA incluido.- Informes: Sec. de Desarrollo Urbano - Re-
cepción de ofertas: hasta el día veinticuatro (24), de octubre de 2017 a las
nueve y treinta hs. (9:30hs.) en la Municipalidad de Bell VIlle Ocialía Ma-
yor - Valor de los Pliegos: pesos quinientos ($500), los que se encuentran
a la venta en Tesorería Municipal donde a su vez debe formalizarse el pago
del sellado de la oferta de pesos Un Mil Novecientos Cincuenta ($1.950)-
Garantía de propuesta: uno (1) por ciento del presupuesto ocial - Fecha
de apertura de sobres: veinticuatro (24), de octubre de 2017 a las diez hs.
(10:00 hs.). Lugar. Salón “Walter De Navazio”. Domicilio de todas las repar-
ticiones y el salón citado calle 25 de mayo Nº 19 de Bell Ville.-
2 días - Nº 122185 - $ 1162,80 - 13/10/2017 - BOE
MUNICIPALIDAD de COSQUIN
DECRETO N° 0223/17
Cosquín, 07 de junio de 2017
VISTO: La solicitud de incrementos salariales para los agentes de la Ad-
ministración Pública Municipal formulada por las entidades que legalmente
ejercen la representación gremial de los obreros y empleados de la Munici-
palidad de la Ciudad de Cosquín, que fuera receptada, analizada y discuti-
da por el Departamento Ejecutivo y las Secretarías con competencia en la
materia, sin haber cerrado las negociaciones.
Y CONSIDERANDO:
Que el incremento antes referenciado tiene por objeto establecer una
pauta salarial a aplicar en el transcurso del presente ejercicio, para todo
el personal dependiente de la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín,
quedando comprendidos el personal de Planta Permanente y personal
Contratado de la Administración Municipal, extensivo a las Autoridades
Superiores del Departamento Ejecutivo, Concejo Deliberante y Tribunal de
Cuentas.
Que el dialogo con las respectivas entidades gremiales, es decir con
el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Cosquín y Zona
(SOEMC) y con la Asociación Sindical de Empleados Municipales de Cos-
quín (ASEMC), no ha culminado por lo que no se determinó un cronogra-
ma de mejoras salariales para el corriente año.
Que no obstante, es voluntad de este Departamento Ejecutivo Muni-
cipal disponer un incremento salarial, mediante la incorporación de una
suma no remunerativa sobre el sueldo básico de los agentes municipales,
a cuenta de futuro arreglo con los gremios municipales.
Que para poder abonar los salarios correspondientes al mes de mayo
de 2017, corresponde dictar el presente Decreto a n de establecer el por-
centaje que habrá de aplicarse en la liquidación salarial aludida.
Que es conveniente y aceptable que el Departamento Ejecutivo, como
administrador de las nanzas públicas y como interlocutor permanente con
las representaciones sindicales del personal municipal, sea quien interpre-
te las necesidades de los dependientes a su cargo, materializada mediante
el presente instrumento.
Que a los efectos de mantener el necesario equilibrio que debe primar
entre los distintos estamentos de la Administración Municipal, el Intendente
Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102,
Orgánica Municipal,
D E C R E T A
Artículo 1º.- ESTABLÉCER a partir del mes de mayo de 2017, un in-
cremento salarial en concepto de ADICIONAL NO REMUNERATIVO sobre
los sueldos básicos del DIECIOCHO POR CIENTO (18%), para el perso-
nal dependiente de la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín, quedando
comprendidos el personal de Planta Permanente, personal Contratado de
la Administración Municipal y extensivo a las Autoridades Superiores del
Departamento Ejecutivo, Concejo Deliberante y Tribunal de Cuentas, a
cuenta de un futuro acuerdo con las respectivas entidades gremiales, es
decir con el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Cosquín y
Zona (SOEMC) y con la Asociación Sindical de Empleados Municipales de
Cosquín (ASEMC).
Artículo 2º.- LA Secretaría de Economía y Finanzas implementará las
medidas administrativas necesarias para dar efectivo cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 3°.- EL presente Decreto será refrendado por los señores
Secretarios de Gobierno y Economía y Finanzas Públicas.
Artículo 4°.- COMUNÍQUESE, publíquese, elévese copia al Concejo

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