5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Diciembre de 2017 |
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 241
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
Decreto N° 0330/2017 ......................................................... Pag. 01
Decreto N° 0331/2017 ......................................................... Pag. 01
Decreto N° 0332/2017 ......................................................... Pag. 02
Decreto N° 0333/2017 ......................................................... Pag. 02
Decreto N° 0339/2017 ......................................................... Pag. 02
MUNICIPALIDAD de COSQUIN
DECRETO N° 0330/17
Cosquín, 01 de septiembre de 2017
VISTO: El Expediente N° 2017-1894-1 y su acumulado Expediente No 2017-
2286-1, ambos de Mesa de Entradas, registro de esta Municipalidad, ini-
ciado por el señor MAURO DAVID ISRAILEVICH, DNI N° 25.892.420, por
el que maniesta una situación de inequidad referida a las contribuciones
que inciden sobre los inmuebles – Tasa por Servicio a la Propiedad, perte-
neciente a su familia ubicado en calle Tucumán No 451.
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 11 de la Ordenanza No 3612 – Tarifaria Municipal Año
2017, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a resolver aquellas
cuestiones planteadas por los contribuyentes sobre los que recaigan incre-
mentos sustanciales en los montos de las tasas por servicio a la propiedad,
debido a las modicaciones instrumentadas a través de dicha Ordenanza y
que representen situaciones de marcada inequidad.
Que la Resolución No 123/2017 emitida por Secretaria de Economía
y Finanzas Públicas establece parámetros objetivos para la aplicación
concreta de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Ordenanza
No°3612 – Tarifaria Municipal Año 2017.
Que los informes de la Dirección de Recursos Tributarios citan a fojas
ocho (8) del Expediente mencionado, un listado con las liquidaciones co-
rrespondientes a los contribuyentes ubicados en la misma.
Que existe una situación de inequidad, por lo cual se debe reconocer
sobre la tasa por servicio a la propiedad del inmueble identicado catastral-
mente con el número 23.03.11.25.03.024.019.00000.0, número de cuenta
09753, equivalente a cinco (5) veces el mínimo para la tasa básica corres-
pondiente a la zona A, incrementado un adicional del diez por ciento (10%)
por cada local o vivienda edicada que contenga.
Que por todo ello y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provin-
cial N° 8102, Orgánica Municipal, el señor Intendente Municipal
D E C R E T A
Artículo 1°.- RECONÓZCASE la situación de marcada inequidad, al
señor MAURO DAVID ISRAILEVICH, DNI N° 25.892.420, sobre la Tasa
por Servicio a la Propiedad del inmueble identicado catastralmente con el
número 23.03.11.25.03.024.019.00000.0, número de cuenta 09753, equi-
valente a cinco (5) veces el mínimo para la tasa básica correspondiente a
la Zona A, incrementado un adicional del diez por ciento (10%) por cada
local o vivienda edicada que contenga.
Artículo 2°.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secre-
tario de Economía y Finanzas Públicas.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.
Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretaría de Economía y Finanzas Públicas
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal
1 día - Nº 131309 - s/c - 13/12/2017 - BOE
DECRETO N° 0331/17
Cosquín, 01 de septiembre de 2017
VISTO: El Expediente No 2017-2327-1 – Mesa de Entradas, registro de este
Municipio, presentado por la señora SALUM, AMIRA ALEJANDRA, DNI No
41.878.684, mediante el cual solicita ayuda económica.
Y CONSIDERANDO:
Que la señora SALUM, AMIRA ALEJANDRA, solicita servicio de emer-
gencia médica, ambulancia especializada, para el traslado del señor SA-
LUM CARLOS, desde su domicilio familiar en esta ciudad hacia el Hospital
Oncológico de la ciudad de Córdoba.
Que de acuerdo al informe socio económico emitido por Dirección de
Promoción y Desarrollo Social, la solicitante no cuenta con recursos eco-
nómicos que le permita cubrir los gastos que el señor Salum necesita para
atención médica.
Que a n de garantizar los derechos y la calidad de vida optima de los
ciudadanos, es intención de este Departamento Ejecutivo dar respuesta
positiva a lo solicitado.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas
Públicas, en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en
uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Mu-
nicipal – el señor Intendente Municipal
D E C R E T A
Artículo 1°.- OTORGASE a la señora SALUM, AMIRA ALEJANDRA,
DNI N° 41.878.684, un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE por la suma de
PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), importe que será destinado para abonar
un servicio emergencia médica, ambulancia especializada, facultándose
por el presente al señor CAMARGO, CARLOS ALBERTO, CUIT N° 23-
12510285-9, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2°.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento
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