5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 224
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL ROSARIO
Ordenanza N°1339-A-2017 .................................................. Pag. 01
Ordenanza N°1340-A-2017 .................................................. Pag. 02
Ordenanza N°1341-A-2017 .................................................. Pag. 02
Ordenanza N°1342-A-2017 .................................................. Pag. 05
Ordenanza N°1343-A-2017 .................................................. Pag. 06
Ordenanza N°1344-A-2017 .................................................. Pag. 07
Ordenanza N°1345-A-2017 .................................................. Pag. 08
Ordenanza N°1346-A-2017 .................................................. Pag. 08
Ordenanza N°1347-A-2017 .................................................. Pag. 09
Ordenanza N°1348-A-2017 .................................................. Pag. 09
Ordenanza N°1349-A-2017 .................................................. Pag. 10
Ordenanza N°1350-A-2017 .................................................. Pag. 11
Ordenanza N°1351-A-2017 .................................................. Pag. 11
Ordenanza N°1352-A-2017 .................................................. Pag. 12
Ordenanza N°1353-A-2017 .................................................. Pag. 12
Ordenanza N°1354-A-2017 .................................................. Pag. 13
Ordenanza N°1355-A-2017 .................................................. Pag. 14
Ordenanza N°1356-A-2017 .................................................. Pag. 14
Ordenanza N°1357-A-2017 .................................................. Pag. 16
Ordenanza N°1358-A-2017 .................................................. Pag. 17
Ordenanza N°1359-A-2017 .................................................. Pag. 17
Ordenanza N°1360-A-2017 .................................................. Pag. 18
Ordenanza N°1361-A-2017 .................................................. Pag. 20
Ordenanza N°1362-A-2017 .................................................. Pag. 21
Ordenanza N°1363-A-2017 .................................................. Pag. 21
Ordenanza N°1364-A-2017 .................................................. Pag. 22
Ordenanza N°1365-A-2017 .................................................. Pag. 24
Ordenanza N°1366-A-2017 .................................................. Pag. 24
Ordenanza N°1367-A-2017 .................................................. Pag. 25
Ordenanza N°1368-A-2017 .................................................. Pag. 26
Ordenanza N°1369-A-2017 .................................................. Pag. 26
MUNICIPALIDAD de VILLA DEL ROSARIO
ORDENANZA N° 1339-A-2017
Ciudad de Villa del Rosario, 10 de Febrero de 2017.-
ORDENANZA PARA AUTORIZAR AL D.E.M. A SUSCRIBIR UN CONVE-
NIO CON EL SEÑOR BUFFA, MARCELO HERNÁN CON EL OBJETO
DE RESARCIR EL DAÑO OCASIONADO EN UN PREDIO DE SU
PROPIEDAD
FUNDAMENTOS
La Municipalidad de Villa del Rosario ha arribado a un acuerdo con el
señor Buffa, Marcelo Hernán , DNI 22.155.231, con domicilio en calle Co-
rrientes N° 1320 de la Ciudad de Villa del Rosario con el objeto de indemni-
zar la reparación de daños sufridos por el mismo en su campo identicado
con Nomenclatura Catastral: 2702000010000100002º, en una extensión
de diez (10) Hectáreas como consecuencia de un incendio originado en el
predio del basural municipal con fecha 19/12/2016 y que luego se extendió
al predio colindante afectando la siembra de maíz en 10 hectáreas.
En ese sentido el señor Marcelo Hernán Buffa ha reclamado la suma
total del daño en de Pesos Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Sesenta y
Ocho ($ 48.268), correspondiendo dicho monto a los ítems desagregados
que como Anexo I forman parte del contrato.
LA MUNICIPALIDAD acepta el pago de una indemnización por el mon-
to solicitado y que abonará de la siguiente manera: tres (3) cuotas igua-
les de Pesos Dieciséis Mil Ochenta y Nueve con Treinta y Tras Centavos
($16.089,33) a pagar en Veinte (20), Cuarenta (40) y Sesenta (60) días
respectivamente.-
El propietario acepta la forma de pago propuesta, manifestando las
partes que abonando el último pago que complete la suma total reclamada
nada tendrá que reclamarse entre ella por este hecho, quedando cancela-
da la obligación resarcitoria a cargo del municipio.
Por ello y lo dispuesto por el artículo 30 inc. 1 y 30 de la Ley Orgánica
Municipal de la Provincia de Córdoba, 8102;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL
ROSARIO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- AUTORIZACE al Departamento Ejecutivo municipal
a suscribir un convenio con el señor Marcelo Hernán Buffa, DNI Nro.
22.155.231 con el objeto de resarcir el daño ocasionado en un predio de
su propiedad como consecuencia de un incendio originado en el basural
municipal y cuya copia forma parte de la presente como Anexo 1.-
Artículo 2º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal
y Archívese.
Dado en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez
días del mes de Febrero de dos mil diecisiete.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN.
3 días - Nº 128393 - s/c - 17/11/2017 - BOE
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 224
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
5a“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ORDENANZA N° 1340-A-2017
ORDENANZA PARA LA CONSTRUCCION DEL TECHO Y CUBIERTA DE
LA CISTERNA PARA LA PLANTA DE AGUA Nº 5
Ciudad de Villa del Rosario, 10 de Febrero de 2017.-
VISTO:La Ordenanza Nº 1215-A-2013 que autoriza al D.E.M. a la construc-
ción de la “PLANTA DE CAPTACION, ALMACENAMIENTO, ACONDICIO-
NAMIENTO E IMPULSION DE AGUA POTABLE Nº5” por administración
por el método de contratación que permita la Ordenanza General de Pre-
supuesto, según las etapas y tiempo que resulten necesario.
CONSIDERANDO:
Que hoy la obra requiere la contratación de la mano de obra de albañi-
lería, idóneo en la materia, para llevar a cabo la construcción de 80 metros
cuadrado de techo y cubierta de cisterna, la construcción de un muro de
20 cm de espesor de supercie aproximada de 20 metros cuadrados, en
el interior de la cisterna, revoque especial del muro y pintura completa de
cisterna y muro interior.
Que la Ordenanza 1286-A-2016, establece en su artículo Nº 27 inciso
6º que se podrá contratar en forma directa y previa autorización otorgada
mediante Ordenanza particular, cuando el monto de la contratación supere
los pesos cien mil ($100.000,00) y no exceda los pesos trescientos cin-
cuenta mil ($350.000,00).
A tal efecto y en virtud de dotar del marco de transparencia caracte-
rístico a esta gestión municipal, se han solicitado presupuestos. Entre los
cuales se citan:
a) El Sr. RUBEN OMAR LUQUE, DNI 21.693.580, quien ofrece el monto
de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($1.400,00) el metro cuadrado ter-
minado, a razón de los 80 m2 hace un total de PESOS CIENTO DOCE MIL
($112.000,00).
b) El Sr. WALTER GASTON LUJAN, DNI 26.018.869, quien ofrece un
monto de PESOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS ($82.600,00) por
el total de la obra.
c) El Sr. HECTOR JESUS GIANINI, DNI 11.244.198, quien ofrece el mon-
to de PESOS DOS MIL CIEN ($2.100,00) el metro cuadrado terminado, a
razón de los 80 m2 hace un total de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO
MIL ($168.000,00).
A tenor de lo expuesto el DEM y la Secretaria de Gobierno y Desarrollo
Urbano, han llegado a la conclusión que lo más conveniente para la Admi-
nistración Municipal es la propuesta del Sr. WALTER GASTON LUJAN, DNI
26.018.869.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
VILLA DEL ROSARIO, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º.- APRUEBESE la contratación del albañil, que se detalla
en el artículo 2º, pago en función del convenio rmado con la EMPRESA
AURORA BOREAL S.A., CUIT 30-71437484-9, con domicilio en Monseñor
Lindor Ferreyra Nº 632, Piso 1, Ocina “6”, de la ciudad de Villa del Rosario,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º.- APRUEBESE la contratación para llevar a cabo la obra
de la construcción de 80 metros cuadrado de techo y cubierta de cisterna,
la construcción de un muro de 20 cm de espesor de supercie aproximada
de 20 metros cuadrados en el interior de la cisterna, revoque especial del
muro y pintura completa de cisterna y muro interior, para la planta de agua
al albañil el Sr. WALTER GASTON LUJAN, DNI 26.018.869, por un monto
total de PESOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS ($82.600,00).
Artículo 3º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal
y Archívese.-
Dado en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez
días del mes de Febrero de dos mil diecisiete.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN.
4 días - Nº 128394 - s/c - 21/11/2017 - BOE
ORDENANZA N° 1341-A-2017
ORDENANZA PARA AMPLIAR EL RADIO URBANO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE VILLA DEL ROSARIO
Ciudad de Villa del Rosario, 10 de Febrero de 2017.-
FUNDAMENTACIÓN
La competencia Territorial Municipal, dene el radio de inuencia de un
Estado en lo que respecta a la prestación de servicios, y la imposición a
los beneciaros de estos servicios del correspondiente cobro de las tasas
retributivas, además de determinar el espacio que abarca. La Ley Orgánica
Municipal N° 8.102 en su artículo 7° establece en el inciso primero que
el radio de los municipios, comprenderá la zona donde se presten total o
parcialmente los servicios públicos municipales permanentes, y en su se-
gundo inciso incorpora además la zona aledaña reservada para las futuras
prestaciones de servicios. A su vez, el artículo 4° de la mencionada Ley,
establece las formas, mecanismos, y pasos a seguir, a los efectos de poder
modicar estos radios, para lo cual y una vez hecho el estudio técnico, la
nueva planimetría de la planta urbana con su respectivo mapa, el informe
sobre la necesidad y factibilidad de prestar servicios junto al plan regulador
de desarrollo urbano, y con la nueva demarcación; podrá solicitar al Poder
Ejecutivo Provincial la sanción de la respectiva Ley reconociendo el nuevo
radio municipal modicado –ampliado-.
La expansión urbana, que ha experimentado nuestra ciudad de Villa
del Rosario, desde el reconocimiento por Ley Provincial, de su actual radio
municipal vigente, pone en evidencia la necesidad de actualizar el alcance
de sus dominios, a n de incorporar aquellos sectores urbanizados, a los
cuales el Estado brinda sus servicios, propiciando a su vez la factibilidad
de incrementar la base tributaria que signicará mayores ingresos, para
el erario público. Es importante recalcar a tal efecto, que esta ampliación
viene a cubrir una cuestión de hecho, consumada, y que se traduce en
el crecimiento demográco y urbano, contemplando no sólo los sectores
residenciales, sino también los sectores industriales y de servicios cuya
evolución y avance han traspasado los viejos límites de nuestra ciudad.
El estudio técnico realizado en base al relevamiento llevado a cabo por
profesionales idóneos y contenido en Memoria Descriptiva con su planime-
tría, le conere a la nueva estructura urbana una sonomía de avanzada
que respeta los parámetros de zonicación distribuidos en tres polígonos:
el de la urbanización A, y dos islas, polígonos B y C destinadas a servicios
que quedarán ubicadas en las inmediaciones de la ciudad. El radio com-
pleto comprende un total de 61 vértices todos materializados con postes
de madera, descriptos según plano adjunto en forma correlativa y creciente

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