5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 193
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE VILLA GENERAL BELGRANO
Decreto Nº 80/17 .................................................................. Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO
Concurso ............................................................................. Pag. 2
Licitaciones ......................................................................... Pag. 2
Municipalidad de
VILLA GRAL BELGRANO
Decreto N° 080/17
Villa General Belgrano, 28 de Septiembre de 2017
VISTO: La decisión de procurar una mejora en el servicio de alumbrado
público dentro de un marco de ahorro energético conforme las políticas
de desarrollo sustentable trazadas por la actual Gestión de Gobierno Mu-
nicipal. Los compromisos asumidos por nuestra localidad como parte de
la Red de Municipio Sustentables; las políticas activas dirigidas al ahorro
energético desarrolladas por el Gobierno Nacional.
CONSIDERANDO:
Que mediante contrato de concesión actualmente vigente el servicio
de alumbrado público es prestado por la Cooperativa de Luz y Fuerza
de Villa General Belgrano Ltda.
Que en virtud de la cláusula séptima del mencionado convenio,
toda ampliación del servicio de alumbrado pasara a formar parte del
patrimonio municipal a la finalización de la concesión.
Que en virtud de ello, el Gobierno Municipal gestiono la incorpo-
ración de Villa General Belgrano en el Plan de Ahorro Energético di-
señado por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación mediante
Expediente 2017-14680073, el cual fue elaborado en conjunto con la
Cooperativa de Luz y Fuerza de Villa General Belgrano Ltda., y el cual
propone reemplazar los artefactos lumínicos existentes por tecnología
LED.
Que mediante resolución Nº 84-E/2017 de la mencionada cartera,
el MUNICIPIO DE VILLA GENERAL BELGRANO de la PROVINCIA DE
CÓRDOBA, ha sido designado como beneficiario del mismo.
Que ello significa la posibilidad de acceder a un subsidio para cu-
brir hasta el 70% del costo que demanda el recambio de un mil cientos
seis luminarias (1106) consideradas en el proyecto presentado.
Que conforme el monto presupuestado para la adquisición de
los artefactos lumínicos LED y la Ordenanza de Contratación vigente
(Nº 1841/16), se hace necesario llamar a licitación a los fines de recibir
las propuestas para la adquisición de los mismos; los que deberán
cumplir con los requerimientos técnicos, especificaciones y valoración
presupuestarias incluida en el proyecto oportunamente presentado por
la Secretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano de la Municipalidad
de Villa General Belgrano.
Que la Ordenanza de contratación establece los requisitos y for-
malidades que debe precisar el decreto de llamado a licitación. Que el
art. 49 inc. 8 faculta al DEM a proponer las bases y condiciones para las
licitaciones.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA GENERAL BELGRANO
EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR
LA LEY 8102 Y SUS MODIFICATORIAS
DECRETA
Art. 1°) LLÁMESE a Licitación Pública conforme autoriza Ordenanza
Nº 1841/26, cuyo objeto es la adquisición de un mil cientos seis luminarias
(1106) LED destinada al servicio de alumbrado público de Villa General
Belgrano, según pliego de condiciones y especicaciones del Anexo I que
forma parte de la presente Decreto.
Art. 2°) FÍJESE el valor del pliego de condiciones en Pesos Tres Mil
($3.000.-) el que estará a la venta en Sede Municipal (San Martin Nº 43) a
partir del día dos (2 de Octubre de 2017 de 8 a 13hs.-
Ar t. 3°) FÍJESE el día 23 de Octubre de 2017 a las 17:00 hs. la fecha
para la apertura de sobres en la sala del Honorable Concejo Deliberante.-
Art. 4º) FIJESE como fecha y hora límite para la presentación de ofer-
tas, el designado para la apertura de sobres correspondiente hasta las
13hs. en Mesa de Entrada de la sede Municipal (San Martin Nº 43).-
Art. 5°) La adjudicación se realizará a través de una Comisión Especial
formada por dos miembros del Honorable Concejo Deliberante, un miem-
bro de la Cooperativa de Luz y Fuerza de Villa General Belgrano Ltda. a
designar por el Consejo de Administración de la misma y dos represen-
tantes del Departamento Ejecutivo Municipal, que designará el Intendente
Municipal.-
Ar t. 6º) Publíquese durante un plazo de cinco (5) días, copia del pre-
sente en el avisador de la sede Municipal, sede del Juzgado de Paz, sede
del Correo Argentino, Biblioteca Pública y Comisaria de Villa General Bel-
grano; publíquese durante cuatro (3) días alternados en diario de circula-
ción masiva y cuatro (4) consecutivos en Boletín Ocial de la Provincia de
Cordoba.
Ar t. 7º) IMPÚTESE el gasto que demande la adquisición mediante el
proceso de licitación pública resuelto en el presente Decreto a la partida
2.1.01.04 “Adquisición de otros bienes de capital” del Presupuesto General
de Erogaciones vigente

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