5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 3 de Julio de 2017 |
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
VIERNES 31 DE MARZO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 62
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE LAS PERDICES
ORDENANZA TARIFARIA 2017
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1243/2016
ARTICULO 1º.- Póngase en vigencia a partir del día 1° de Enero del año
2017, la presente ORDENANZA TARIFARIA.
TITULO I
CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LOS INMUEBLES
TASA DE SERVICIOS A LA PROPIEDAD
TASA POR SERVICIO DE AGUA CORRIENTE
ARTICULO 2º.- La metodología para el cobro de la denominada Tasa por
Servicios a la Propiedad, que presta nuestra Municipalidad, a saber: Reco-
lección de residuos, Barrido y Limpieza de Calles, Riego, Conservación de
Calles y Vigilancia, se realizará de acuerdo al método de CORTE que es
el sistema que adopta el municipio en todas sus partes y que se encuentra
desarrollado en la Ordenanza General Impositiva.
ARTICULO3º.- El índice que se ja para el cobro de las tasas menciona-
das en el artículo anterior, tanto para los inmuebles edicados como para
los terrenos baldíos, ubicados dentro del radio del Municipio de Las Perdi-
ces, para el año 2017, se ajustará de la siguiente forma:
I) CODIGO 1……………….. $ 2,600
CODIGO 2……………….. $ 3,600
CODIGO 3……………….. $ 9,400
CODIGO 4……………….. $ 13,600
CODIGO 5……………….. $ 20,100
CODIGO 6……………….. $ 25,800
CODIGO 7……………….. $ 40,400
CODIGO 8……………….. $ 59,500
CODIGO 9……………….. $ 63,300
Los terrenos baldíos estarán sujetos a una sobretasa del 100% de los
códigos anteriormente mencionados. A tal efecto serán considerados bal-
díos las construcciones que no tengan nal denitivo de obra expedido por
autoridad competente y los inmuebles demolidos a partir de los 6(seis)
meses de demandada la demolición, la que deberá ser comunicada dentro
de los 15 (quince) días .-
Cuando una propiedad se encuentre insucientemente edicada o en
condiciones ruinosas no coincidiendo con el progreso edilicio de la zona
en que se encuentra ubicada, se considerará a los efectos del cobro de la
Tasa y adicionales como baldío.-
II) Queda establecido para el año 2017 un mínimo de Pesos Ochenta ($
80) mensuales para la tasa de Servicios a la Propiedad, ya sea edicada
o baldío.
III) Los servicios de vigilancia se cobraran solo sobre inmuebles edicados,
utilizando para ello un monto jo de acuerdo a la cantidad de metros cons-
truidos (Dígito 4 del método corte) y que se desarrollan a continuación:
a) Hasta 75 mts. construidos …………………………...………. $ 18,00
B) De 76 a 150 mts. construidos ………………………………. $ 27,00
c) Más de 150 mts. construidos ……………………………… $ 34,00
ARTÍCULO 4º.- El valor establecido por el Servicio de Agua Corriente en
forma mensual es el siguiente, según las categorías:
a) Domestico General……………………………………….. $ 163,00
b) Doméstico Meio……………………………………… $ 49,00
c) Doméstico Reducido ……………………………………… $ 28,00
d) Comercial y de Servicio ……………………………………… $ 500,00
e) Propiedades que posean piletas de natación abonarán un recargo del
100 % sobre Categoría General en los meses de Noviembre a Marzo
de cada temporada ……………………………………………… $ 340,00
f) PILETAS de más de 4.000 Litros…………………………….. $ 500,00
g) Las propiedades que tengan construido departamentos – unidades ha-
bitacionales – o locales en propiedad horizontal o no, aunque tengan un
solo tanque: deberán abonar la tarifa jada en el inciso a) por cada depar-
tamento – unidad habitacional- o local alquilado, a título de propietario,
MUNICIPALIDAD DE LAS PERDICES
Ordenanza N° 1243 .............................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE YACANTO
Ordenanza N° 739/16 ...........................................................Pag. 9
Ordenanza N° 740/16 ...........................................................Pag. 9
Ordenanza N° 749/16 ...........................................................Pag. 10
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Decreto N° 02/2017 ..............................................................Pag. 11
Ordenanza N° 586 ................................................................Pag. 11
MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ
Licitacion ...............................................................................Pag. 11
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba