5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIERCOLES 26 DE ABRIL DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 79
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
Ordenanza N° 3626/17 ....................................................... Pag. 1
COMUNA DE SAN JOAQUIN
Resolución N° 13/17 ......................................................... Pag. 10
Resolución N° 14/17 ......................................................... Pag. 10
Resolución N° 15/17 ......................................................... Pag. 10
Resolución N° 1617 .......................................................... Pag. 11
LOCALIDAD DE SAN JOSE
Resolución N° 02/17 ......................................................... Pag. 12
Resolución N° 03/17 ......................................................... Pag. 12
Municipalidad de COSQUIN
ORDENANZA N° 3626/2017
VISTO: Que la participación individual y colectiva del vecino en la
vida democrática local es de suma importancia a los nes de fortalecer
nuestra forma de gobierno y la falta de implementación de mecanismos
adecuados de participación en los sistemas democráticos locales
trae aparejado, como consecuencia, el problema de la apatía de los
vecinos en tomar parte de los asuntos que hacen al interés general
de su grupo o comunidad.
Que nuestra Ciudad transita por una evidente senda de cambio, que
hace necesaria la modernización de su ordenamiento jurídico autónomo,
Y CONSIDERANDO:
Que uno de los elementos fundamentales de la democracia se
en-cuentra en la participación del ciudadano en la vida pública del lugar
donde habita.
Que el Municipio, como órgano institucional, constituye la gura ideal
para dicho n, dada la inmediatez que promueve, entre gobernante y veci-
no.
Que es público y notorio que todas estas inquietudes e iniciativas, en-
cuentran una buena herramienta de canalización a través de los Centros
Vecinales.
Por todo ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COSQUIN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
TITULO I DE LOS CENTROS VECINALES
DEFINICIONES-ORGANIZACION
CAPITULO I
REGULACION CENTROS VECINALES DE LA CIUDAD DE COSQUÍN
Artículo N°1: Denición – Principios
Los Centros Vecinales son asociaciones de vecinos sin nes de lucro,
representativas de los vecinos del barrio o sector de su jurisdicción, consti-
tuidos para la satisfacción de sus necesidades comunes y el mejoramiento
de su calidad de vida.
Los Centros Vecinales, en su constitución y en el cumplimiento de sus
nes deben observar principios de participación democrática, colaboración
mutua, solidaridad vecinal y pluralidad.
Artículo N° 2: Reconocimiento, Promoción y Personería.
La Municipalidad de la ciudad de Cosquín reconoce, garantiza y pro-
mueve la formación y funcionamiento representativo, republicano y demo-
crático de los Centros Vecinales, supervisando su accionar de acuerdo a la
presente Ordenanza y las disposiciones reglamentarias que en su conse-
cuencia se dicten.
Los Centros Vecinales, adquieren su personería municipal a través de
los mecanismos previstos en la presente ordenanza. La autoridad de apli-
cación supervisara su funcionamiento institucional.
Los Centros Vecinales, luego del reconocimiento institucional otorgado
por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), podrán obtener su Per-
sonería Jurídica de conformidad a la Ley Provincial Nº 9420 y su decreto
reglamentario.
El otorgamiento de Personería Jurídica, en nada afectara o modicara
las condiciones aquí establecidas, ni implica pérdida de las facultades de
este municipio para controlar el cumplimiento de los objetivos propuestos
en la presente Ordenanza ni será requisito para su funcionamiento dentro
del marco municipal.
Artículo N° 3: Funciones
Son funciones de los Centros Vecinales:
1) Promover el bienestar general de la comunidad desde la óptica
de los intereses del conjunto de la sociedad, evitando particularizar
intereses, todo en pos del mejoramiento de la calidad de vida y el
desarrollo local.
2) Estimular la participación democrática, solidaria y de integra-
ción, propiciando una convivencia saludable y activa de los vecinos
3) Convenir acciones con el gobierno municipal, y participar de su
gestión mediante la presentación de peticiones, inquietudes y suge-
rencias.
4) Alentar bajo la supervisión y aval del Municipio la ocupación
positiva de los espacios públicos y una mayor integración entre los
vecinos.
5) Promover y desarrollar programas asistenciales, culturales, y de
capacitación de los vecinos.
6) Participar en conjunto con el Municipio para la identicación de
prioridades, y la denición de programas o proyectos necesarios para
su barrio o sector.

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