5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUEVES 23 DE MARZO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 57
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ
SUBASTA PUBLICA- DTO. Nº 054/17
Los Martilleros Eugenio Olcese (MP.05-1077) y Jose Suppo (MP 05-1548)
REMATARAN el día 01/04/17 a las 10 hs. por cta. y orden de la Munici-
palidad de Ms. Jz (Cba), en Av. Int.Loinas esq 9 de Julio, conf. lo estab.
Orden.Nº 2572/16 y Dtos del D.E.M Nº 018/17 y 054/17 los sig. bienes:1)
MOTOVEHÍCULOS (sec. en la vía pública) Marca/Modelo:Honda,Mondial,-
Zanella,Motomel,Guerrero,Appia,Corven, Imsa,Gilera,Garelli,Yamaha(ci-
lind.50/150cc.) y 2)MOTOVEHÍCULOS PARA DESGUACE(sec.Víapúb.)
Marca/Modelo:Zanella,Garelli,Juki,Suzuki(cilind.50/110cc.) todas en el est.
visto en que se encuen. (sinfunc.). BASE $500,(incremento min. postura
$100) CONDICIONES: El precio de compra se pagará en efect. o cheq.
cert. El ó los comprad. abon. el (40%) del valor de comp.con más (10%)
comis. de martillero y (5%) Ap.Col.Mart. s/comis., en el acto del remate,
saldo dentro de las 72 hs. hábiles, en la Tesorería de la Municip.Ms.Jz (de
7/13 hs.). Los comp.que no paguen el saldo del precio dentro del plazo
estip. ó que no retiren los bs. adq. dentro de los 15 días corrid.de efect. la
sub., perd. sus derechos, bajo apercib. de dárse por rescind. la operación,
sin intim. previa alguna, con pérd.de todo lo abonado y los lotes pasarán a
la Municip.de Ms.Jz nuevam. p/remate.Se deja expresa const.que al mo-
mento de la subasta, el o los comp.relevan de toda respons.a la Municip. y
a los mart. actuan., desobl. civil y penalm. El IVA si corresp. es a cargo del
comp.por no encont. incluído en el precio de venta. La Municip. se reserva
el derecho de admisión y a su sola opción de sacar de la subasta cualq.
de los bienes que se exhiben.Los bs se subastarán en el estado en que se
encuen. no admit. reclamo alguno por desperf., deter., falt., etc.Trasl. de los
bienes por cta. de los comp. Los martilleros prestan solam.los serv. prof.
La Municip. entregará a los adquir.de los lotes (1/68) inclusive, la docum.
respec. para la inscrip. de los bienes, previa acred. del pago total del precio
de compra, siendo a cargo de los mismos y a su excl. costo el pago de los
gastos de inscrip. y formul. que dem., ante el R.N.P.A., y ante los organ.
que corresp., quedando liberada la Municipalidad de Ms.Jz de cualquier
imp., tasa o derecho sobre el particular. Con respecto al lote (70/72), la
Municipalidad no entregará docum. alguna para su inscripción en el RNPA,
ya que el mismo deberá ser dest. en calidad excl.. para desguace, en-
tend. que se remata en condic. de chatarra.POSESION: Lotes(1/68) previo
pago del saldo y acreditación de presentación del trámite de inscrip.de
la unidad en el RNPA., (no autoriz. al comp.a circular, hasta tanto se en-
cuentra insc. denit. el bien a su nombre); los lotes (70/72) previo pago del
saldo.REVISAR: Los días 27 al 31/3/17 de 15 a 19 hs. INFORMES: Mart.
Te.(0353)156564771/154214934.Conc.c/docum.person.s/excep.-
3 días - Nº 92279 - $ 2979 - 27/03/2017 - BOE
MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
ORDENANZA Nº 3620/17
VISTO:
El artículo 30, inciso 19, de la Ley Orgánica municipal 8102, que atribu-
ye a los concejales la facultad de autorizar al Departamento Ejecutivo La
aceptación o repudio de donaciones y legados con cargos. Y las solicitu-
des efectuadas con fecha 6 de marzo de 2017 por el di-rector de cultura e
identidad de la Municipalidad de Cosquín a la Sra. Presidenta del concejo
deliberante para que el cuerpo legislativo resuelva aceptar o rechazar las
donaciones que el estado municipal recibió en el marco de la 51º feria
MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ
Remate ............................................................................... Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE COSQUIN
Ordenanza Nº 3620/17 ........................................................ Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
Decreto Nº 28/2017 .............................................................. Pag. 2
Decreto N° 29/2017 ...............................................................Pag. 2
Decreto N° 30/2017 ...............................................................Pag. 3
MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE
Decreto Nº 38/2017 .............................................................. Pag. 3
MUNICIPALIDAD DE COLONIA CAROYA
Decreto N° 88/2017 ............................................................ Pag. 3
nacional de artesanía y arte popular Augusto Raúl Cortazar.
Y CONSIDERANDO:
Que las piezas han sido donadas por el fondo Nacional de las artes, el
centro cultural Enrique Brizio, Comisión Municipal del Folclore y artesanos.
Que se tratan de piezas artesanales de gran valor artístico que enri-
quecerán nuestro patrimonio cultural y que deben ser resguardadas para
que puedan ser apreciadas y valoradas por los ciudadanos de nuestra y
otras ciudades.
Que una tarea responsable por parte de los poderes del Estado muni-
cipal obliga a aceptar es-tas donaciones y protegerlas legal y
materialmente.
Por todo ello:

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