5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LUNES 23 DE ENERO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 16
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE GENERAL CABRERA
LICITACIONES .......................................................................... Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
DECRETO Nº 3/2017 ................................................................ Pag. 1
DECRETO Nº 4/2017 ................................................................ Pag. 2
DECRETO Nº 5/2017 ................................................................ Pag. 2
DECRETO Nº 6/2017 ................................................................ Pag. 2
DECRETO Nº 7/2017 ................................................................ Pag. 2
DECRETO Nº 8/2017 ................................................................ Pag. 3
DECRETO Nº 9/2017 ................................................................ Pag. 3
DECRETO Nº 10/2017 .............................................................. Pag. 3
DECRETO Nº 11/2017 .............................................................. Pag. 4
DECRETO Nº 12/2017 .............................................................. Pag. 4
MUNICIPALIDAD DE DEAN FUNES
LICITACIÓN PUBLICA N° 01/2016 ........................................... Pag. 4
MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ
Licitación Pública DEC.Nº009/17 ............................................. Pag. 5
Licitación Pública DEC.Nº010/17 ............................................. Pag. 5
Municipalidad de GENERAL CABRERA
“AMPLIACIÓN DE LA RED COLECTORA CLOACAL Y MEJORA DE LA
RED DE AGUA POTABLE” EN LA CIUDAD DE GENERAL CABRERA,
CÓRDOBA.
La Municipalidad de General Cabrera junto a la Subsecretaría de Hábi-
tat y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vi-
viendas del Gobierno Nacional convocan a Licitación Pública de Precios
Nº001/17 para contratar la ejecución de la obra Ampliación de la Red Co-
lectora Cloacal y Mejora de la Red de Agua Potable” según Ordenanza
N°1609/17.Los interesados podrán obtener gratuitamente los documentos
de la Licitación en el sitio web www.generalcabrera.gob.ar Presupuesto
Ocial: $ 9.515.245,00. Plazo de Obra: 9 (nueve) meses. Presentación de
las propuestas: en la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad en sobre
cerrado con la inscripción “LICITACIÓN PUBLICA DE PRECIOS N°001/17
– OBRA AMPLIACIÓN RED COLECTORA CLOACAL Y MEJORA DE LA
RED DE AGUA POTABLE”, sita en Bv. Buenos Aires Nº1.051, hasta las
11:30 hs. del día 06 de Febrero de 2017. Acto de Apertura: 06 de Febrero de
2017 a las 12:00 hs., que tendrá lugar en la Intendencia de la Municipalidad
de General Cabrera, sita en calle Bv. Buenos Aires Nº 1.051.
4 días - Nº 85829 - $ 3876,88 - 24/01/2017 - BOE
Municipalidad de LA CUMBRE
DECRETO Nº 3/2017
2 DE ENERO 2017
VISTO:
La Ordenanza Nº 61/2016 sancionada por el Honorable Concejo Delibe-
rante de La Cumbre, con fecha 29 de Diciembre del año Dos Mil Dieciseis.-
Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es
atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir
las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE
MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA
Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 61/2016 en todos y cada
uno de sus artículos por la cual se Modica el Artículo 2 de la Ordenanza
31/014, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “ Fijase la
remuneración en concepto de dieta a percibir por Concejales y Tribunos de
Cuentas, en la suma de $ 10.299 ( Pesos Diez Mil Doscientos Noventa y
Nueve). La dieta jada queda sujeta a los incrementos en iguales porcenta-
jes y pautas que los que se jen para los empleados de planta permanente.
Les será abonada a Concejales y Tribunos de Cuenta en proporción a sus
asistencias a las sesiones de los cuerpos y las reuniones de sus comisio-
nes. La Secretaría de Finanzas deberá llevar control, mes a mes y antes
de liquidar las dietas jadas supra, comprobará que lo ejecutado por ese
concepto, hasta el día 30 de cada mes, no exceda el 2% del presupuesto
vigente, debiendo poner en conocimiento del Concejo Deliberante la evolu-
ción de ejecución de la partida.
Para el caso que lo acumulado al 30 de noviembre de cada año arrojara
que, de liquidarse normalmente las dietas de Diciembre y 2º semestre del
aguinaldo, se estuviere excediendo el tope del 2% del total anual del pre-
supuesto vigente actualizado a esa fecha, las dietas serán ajustadas auto-
máticamente hasta alcanzar ese porcentaje, a n de adecuar lo percibido
por la totalidad de Concejales y Tribunos.
Articulo: 2º Modiquese el Artículo 3 de la Ordenanza 31/014 quedando
redactado de la siguiente manera: “ Fijase en la suma de $ 9.500 ( Pesos
Nueve Mil Quinientos) la compensación por gastos de representación para
el cargo de Intendente Municipal, $ 6.500 ( Pesos Seis Mil Quinientos) para
Concejales y Tribunos, y de $ 6.000 ( Pesos Seis Mil) para Secretarios del
Departamento Ejecutivo Municipal y Asesora Letrada”. Los mismos serán
ajustados anualmente de acuerdo al ajuste presupuestario vigente compa-
rado con el presupuesto del año anterior.
Articulo: 3º Comuniquese, Publíquese, dese copia a las ocinas corres-
pondientes, al Registro Municipal y Archívese.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR