Resolución N° 258 'A'/13

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición24 de Junio de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVII - Nº 221 CÓRDOBA, 13 de diciembre de 20134
DIRECCIÓN DE
INSPECCN de PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 258 “A”/13
Córdoba, 24 de junio de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-102461/2012 mediante el cual
la Entidad Civil denominada "IGLESIA EVANGELICA PENTE-
COSTAL ASAMBLEA DE DIOS CANAAN" -Asociación Civil, con
asiento en la Ciudad de Posse del Molle, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada, "IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL
ASAMBLEA DE DIOS CANAAN" -Asociación Civil, con asiento
en la Ciudad de Pozo de Molle, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 300
Córdoba, 29 de noviembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0027-051845/
2013 en que este Ministerio propicia ajustes
en la distribución de los Recursos
Financieros asignados por el Presupuesto
General de la Administración Provincial en
vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que la Jurisdicción 1.70 Gastos Generales
de la Administración cede Crédito
Presupuestario del Programa 708 Partida
0103 "Régimen de Pasividad Anticipada Ley
8836", por un importe total de $ 40.723.000,
para dotar de crédito suficiente en la partida
de Personal a la Jurisdicción 1.15 Ministerio
de Finanzas, con el objeto de lograr la
corres pondiente imputación de las Ordenes
de Pago de Sueldos de los meses de
Noviembre, Diciembre y S.A.C segunda
cuota 2013, los que serán distribuidos en
diversas parciales de dicha partida.
Que la modificación propuesta encuadra
en las disposiciones legales vigentes, de
acuerdo con los artículos 31 y 110 in fine de
la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto
e Inversiones Públicas ha manifestado su
opinión favorable acerca de la factibilidad
presu puestaria de la operación que se
propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas,
lo dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 572/2013.
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: MODIFICAR las asignaciones
de recursos financieros del Presupuesto
General de la Administración Provincial en
vigencia, de conformidad con el detalle
analítico incluido en el Documento
Modificación de Crédito Presupuestario N°
2 del Ministerio de Finanzas, el que como
Anexo I, con una (1) foja útil, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, dése
MINISTERIO DE
FINANZAS
intervención a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas y a la
Contaduría General de la Provincia,
infórmese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a la Legislatura, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_08_r300.pdf
Resolución N° 308
Córdoba, 2 de diciembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0496-116581/
2013, por el que el Ministerio de Educación
propicia rectificar el Presupuesto General
de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que actualmente se han percibido
ingresos superiores a los originalmente
previstos para el ejercicio 2013 en el
Programa 367 (Plan de Apoyo a Educación
Inicial, Primaria y Modalidades).
Que es necesario dar reflejo
presupuestario a tal situación razón por la
cual se incrementan los ingresos y
erogaciones del Presupuesto General por
un importe de $ 27.173.000, conforme surge
de fs. 61/62.
Que la utilización de los créditos pre
supuestarios incrementados por la pre sente,
está limitada a lo establecido en el Artículo
15 de la Ley N° 9086, en el que se determina
que sólo se pueden comprometer las
obligaciones hasta el límite de la percepción
efectiva de los recursos afectados.
Que la modificación propuesta encuadra
en las disposiciones legales vigentes, de
acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in
fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto
e Inversiones Públicas ha manifestado su
opinión favorable acerca de la factibilidad
presupues taria de la operación que se
propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas,
lo dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 575/13,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E
Artículo 1º: INCREMENTAR el Cálculo
de Ingresos y el total de Erogaciones del
Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia aprobado por los
Artículos 1° y 2º de la Ley Nº 10.116 - en la
suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES
CIENTO SETENTA Y TRES MIL ($
27.173.000) de conformidad con el detalle
analítico incluido en el Documento
Modificación de Crédito Presupuestario N°
43, el que como Anexo I con una (1) foja útil
forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, dése
intervención a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas y a
Contaduría General de la Provincia,
infórmese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia y a la Legislatura, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_08_r308.pdf
Resolución N° 311
Córdoba, 10 de diciembre de 2013
VISTO: El expediente Nº 0672-003931/
2013, en que el Ministerio de Agua, Ambiente
y Energía, propicia una readecuación del
Presupuesto General en vigencia de la
Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:Que es necesario
incrementar diversos créditos presupues
tarios en Programas y/o Subprogramas a
los fines de afrontar diversos gastos
inherentes al funcionamiento de dicho
Ministerio por un importe de “$ 10.959.000.
Que en virtud de ello se modifican las
Contribuciones y Erogaciones Figurativas
del Presupuesto General en vigencia de la
Administración Provincial.
Que el Decreto Nº 150/04 faculta a este
Ministerio a efectuar las adecuaciones de
montos, fuentes de financiamiento, plazos,
alcance y toda otra que corresponda, en
los Proyectos de Inversión incluidos en el
Plan de Inversiones Públicas, a los fines de
reflejar las modificaciones que se dispongan
durante su ejecución.
Que la modificación propuesta encuadra
en las disposiciones legales vigentes, de
acuerdo con los artículos 27, 31 y 110 in
fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección de Jurisdicción
Seguimiento y Control Presupuestario de la
Dirección Gene ral de Presupuesto e
Inversiones Públicas ha manifestado su
opinión favorable acerca de la factibilidad
presupuestaria de la operación que se
propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas,
lo dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 588/2013.
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E
Artículo 1º: MODIFICAR las asignaciones
de Recursos Financieros e INCREMENTAR
el Cálculo de Contribuciones y Erogaciones
Figurativas del Presupuesto General de la
Administración Provincial en vigencia, de
conformidad con el detalle analítico incluido
en el Documento Modificación de Crédito
Presupuestario Nº 49 (Rectificación) del
Ministerio de Agua, Ambiente y Energía y el
Documento Modificación de Crédito
Presupuestario Nº 15 del Ministerio de
Finan zas, los que como Anexos I y II, con
dos (2) y una (1) fojas respectivamente,
forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º: ADECUAR el Plan de
Inversiones Públicas previsto en el Presu
puesto General de la Administración Pro-

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