Fecha de Resolución21 de Octubre de 2013

Poder Judicial de la Nación -1-

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Expte. nº 2446/11

SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 75677 SALA

V. AUTOS:

PEDREIRA AGILDA PABLO c/ MET AFJP S.A. s/ despido

. (JUZGADO Nº 4).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 21 días del mes de octubre de 2013 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y EL DOCTOR OSCAR ZAS dijo:

I)- Contra la sentencia de la anterior instancia que admitió la demanda instaurada se alza la demandada MET AFJP S.A. a tenor del memorial que luce a fs.

337/341, que mereció réplica de la contraria a fs. 343/348 vta. Asimismo, el perito informático y los letrados que ejercieron la representación y patrocinio letrado de la parte actora, a fs. 329 y 330, respectivamente han apelado sus regulaciones de honorarios por considerarlas bajas.

La demandada cuestiona la condena al pago de las indemnizaciones contempladas por el art. 1 de la ley 25.323 y 80 de la RCT (t.o.), a partir de agraviarse de la conclusión de que el actor ha prestado sus servicios personales para Siembra AFJP

(luego Met AFJP) desde el 15/10/97, en dependencias de la misma, bajo sus órdenes y directivas, a cambio de una retribución.

II)- Sostiene la apelante –en consonancia con lo expuesto en el responde-,

que desde el mes de octubre de 1997 y hasta el 1/03/2006 el actor se hallaba vinculado laboralmente con la consultora C. y Asociados S.R.L. y que recién en la última fecha señalada habría comenzado su relación laboral con la demandada.

Adelanto que, por mi intermedio, los agravios vertidos por la codeman-

dada no tendrán favorable andamiento.

Ello por cuanto, de toda la prueba colectada en autos se desprende que efectivamente el actor siempre se desempeñó a órdenes de Siembra AFLP primero, luego Met AFJP S.A., cumpliendo tareas de manera regular en dependencias y oficina de esta última, recibiendo instrucciones relativas al servicio de parte de empleados jerarquizados de Met AFJP S.A. y a cambio de una retribución.

En ese sentido se han expedido los testigos T., (fs. 228/231); B.,

(fs. 245/249); G., (fs. 256/258) y B., (fs. 259/262).

La demandada ha invocado la existencia de un Contrato de Asesoramien-

to en Ingeniería en Sistemas (ver fotocopias de fs. 124/135), pero lo cierto es que el mismo resulta ajeno al actor (res inter alios acta), ha sido desconocido por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR