Ponente | NENCIOLINI |
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2013 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Expte: 44.560
Fojas: 295
En la ciudad de Mendoza, a los veinticuatro dÃas del mes de Julio del año dos mil trece se hace presente en la Sala Unipersonal de esta Excma. Primera Cámara del Trabajo, la Dra. M.D.C.N., a los fines de dictar sentencia definitiva en los autos nº 44.560 caratulados âS.A.R.C./ LA CAJA ART.S.A. P/ ENFERME-DAD ACCIDENTEâ, de los cuales
RESULTA:
Que a fs. 28/36 comparece la actora A.R.S. por intermedio de su apoderado e interpone formal demanda ordinaria por el cobro de la suma de $69.644,26 y/o lo que en más o en menos resulte de la prueba a rendirse en autos, con más sus intereses y cos-tas, contra LA CAJA ART S.A. en concepto de indemnización por incapacidad laboral deve-nida de una enfermedad profesional, planteando la inconstitucionalidad de los arts. 6, 8 inc.3, 21, 22 y 46 de la L.R.T. con costas.
Relata que ingresó a trabajar como cajera en el supermercado Walmart Argentina SRL y que luego se desempeñó en la sección óptica de ese establecimiento.
Que como consecuencia de sus tareas padece de una dolencia columnaria y que ade-más fue vÃctima de acoso sexual por parte de su superior que le generó un grave estado depre-sivo con intentos de suicidio.
Practica liquidación, ofrece pruebas y funda en derecho.
Corrido el traslado de ley, a fs. 48/64 comparece la demandada LA CAJA ART S.A. por intermedio de su apoderado. Consiente la competencia del Tribunal y rechaza las incons-titucionalidades planteadas por la actora. Niega que la actora tena derecho a efectuar el recla-mo indemnizatorio y que su dolencia tenga vinculación con el trabajo. Plantea contra el pro-greso de la acción la defensa de FALTA DE LEGITIMACION SUSTANCIAL PASIVA fundada en que la normativa legal le impide el pago sin tope indemnizatorio. Rechaza la apli-cación al caso del Decreto 1694/09 por importar una aplicación retroactiva de la norma con-trariando al art. 3 del CC.
Ofrece prueba y funda en derecho.
A fs. 73 el Tribunal dicta resolutorio declarando la inconstitucionalidad de los arts. 8 inc. 3, 21, 22 y 46 de la LRT, dejando el tratamiento de la otra inconstitucionalidad para el tiempo de dictar sentencia.
A fs. 78 se dicta el auto de admisión de prueba.
A fs. 87 acepta el cargo el perito médico Dr. E.L., quien rinde informe a fs. 89/92, dictaminando que la actora posee un sÃndrome depresivo reactivo de grave a severo.
A fs. 102 la demandada observa la pericia médica.
A fs. 111/113 rinde informe el perito contador.
A fs. 115 el perito médico contesta las observaciones que se le formularon.
A fs. 121 la demandada observa la pericia contable.
A fs. 129/244 la empleadora acompaña documentación registral.
A fs.264 se celebra la audiencia de vista de causa. Solicitando en dicha oportunidad la actora la aplicación de la ley 26.773, a lo que se opone la demandada por las razones que allà expone.
A fs. 294 queda la causa en estado de dictar sentencia.
PRIMERA CUESTION: Relación laboral.
SEGUNDA CUESTION: Existencia de daño indemnizable.
TERCERA CUESTION: C..
A LA PRIMERA CUESTION LA DRA. M.D.C.N. DIJO:
El vÃnculo de trabajo, su extensión y categorÃa profesional que revestÃa la trabajadora son extremos de la litis que deben ser probados por ella. En el caso de autos, la demandada no ha desconocido la invocación de ésta, por lo que, ello, unido a la prueba instrumental arrima-da a la causa, me permiten concluir que la actora se desempeñó como cajera y luego como vendedora del sector óptica en el establecimiento de Walmart Argentina SRL, desde el 17-11-06 hasta el 23-01-09, quedando la relación regida por el CCT 130/75 y subsidiariamente por la LCT 20.744 y sus modif. ASI VOTO.
A LA SEGUNDA CUESTION LA DRA. M.D.C.N. DIJO:
I-EXISTENCIA DE DAÃO INDEMNIZABLE.
Corresponde expedirse sobre la admisión del reclamo de la parte actora fundado en la reparación por incapacidad laboral devenida de una lumbalgia como consecuencia de las ta-reas que desarrollara y del sÃndrome depresivo por el acoso laboral que denuncia haber sufri-do.
La ART demandada solicita la exención de responsabilidad, desconociendo que haya existido nexo causal entre el trabajo y las patologÃas que denuncia.
Paso a detallar la prueba rendida:
Instrumental: a) bonos de haberes de la actora; b) certificado del Dr. E.R. diag-nosticando stress laboral por mobbing y lesión dorsolumbar con una incapacidad del orden del 11,25%; c) resumen de historia clÃnica de la Lic. MarÃa del R.V. del 09-12-08; d) informe radiológico 10-11-08, e) certificado de desvinculación laboral del 10-02-09; f) cons-tancia de baja en la AFIP del 23-01-09; g) planillas de âproceso para mejorarâ de la emplea-dora; h) sanción de suspensión por un dÃa por faltante de caja del 29-12-06; i) sanción de apercibimiento por olvidarse en la gaveta la suma de $200,00 del 18-01-08; j) sanción de sus-pensión por faltante de caja del 23-03-07; k) sanción de suspensión por faltante de caja 09-07-07; l) sanción de apercibimiento por sobrante de caja del 06-09-07; ll) planilla de evaluación del trabajador; m) certificado médico de licencia por depresión ansiosa por 30 dÃas del 24-06-08; n) certificado médico por depresión y bulimia del 04-06-08 por 15 dÃas; ñ) certificado médico por licencia por cuadro depresivo del 28-08-08 por 30 dÃas; o) otro certificado médico por depresión por 30 dÃas del 27-09-08; p) certificado médico por depresión y bulimia por 10 dÃas del 18-06-08; q) certificado de alta laboral pero sin atención al cliente del 25-10-08; r) historia clÃnica en el legajo personal de la empleadora; s) certificado médico indicando reposo por 24 hs. por lumbalgia del 05-05-08; t) certificado médico por lumbalgia por 5 dÃas del 11-02-07; u) certificado médico de reposo por 7 dÃas por quemadura en la pierna del 26-02-07; v) certificado médico por 72 hs. por conjuntivitis del 28-09-07; w) certificado médico por lum-balgia por 3 dÃas del 22-04-07; x) certificado médico por 2 dÃas por gastroenteritis del 20-10-06 y otro por un dÃa del 22-01-08; y) certificado médico por 2 dÃas por gastroenterocolitis del 08-02-08; z) certificado médico por 5 dÃas de reposo del 12-03-08por quemadura; aâ) certifi-cado médico por lumbociataglia por 3 dÃas del 25-09-08; bâ) certificado médico por un dÃa por lumbociática del 39-04-08 y otros por 3 dÃas del 13-05-08; câ)y otro por 4 dÃas del 16-05-08 por la misma dolencia; dâ) certificado médico por 7 dÃas por lumbalgia del 19-05-08; eâ) certificado médico por 3 dÃas por lumbalgia del 10-05-08; fâ) certificado médico por 2 dÃas por lumbalgia derecha del 02-06-08; gâ) certificado médico por tratamiento del 26-05-08 hasta el 02-06-08; hâ) C.D. del 04-11-08 remitido por la actora a la empleadora; i) examen preocupacional del 08-11-06: en la columna no se observan lesiones y los espacios interdisca-les están conservados;
Pericia médica: dictamina que la actora padece de un âsÃndrome depresivo reactivo de perio-do en estado moderado a grave imputable en su totalidad a la enfermedad laboralâ con un 35% de incapacidad. Respecto de la âpatologÃa lumbar con manifestaciones clÃnicas y radio-lógicas una incapacidad parcial y permanente de la total obrera del 15%â.
Pericia contable: efectúa liquidación de la indemnización que le corresponderÃa a la actora en base a la fórmula de la LRT; determina un IBM de $1.028,43.
Confesional de la actora: âactualmente no estoy trabajando, es verdad que he tenido brotes depresivos en forma anterior al 2008⦠es verdad que hace años que he padecido trastornos alimentarios y de ansiedad⦠yo empecé en tratamiento en Mayo de 2008 â¦empecé en Fe-brero del 2008⦠ingresé a trabajar el 17-11-07⦠los problemas alimenticios fueron anterio-res a los episodios del Walmart, empecé en Febrero del 2008 con trastornos alimenticios, no tenÃa ganas de comer, ahà empezó todo, tuve tres intentos de suicidio⦠antes del 2008 no requerà asistencia sicológica, no he te tenido asistencia antes del 2008⦠es verdad que vi al perito L. en una sola oportunidad⦠es verdad que me realizó el test V.¦ no me rea-lizó el test bajo la lluvia⦠no me hizo llenar un formulario para efectuar el psicodiagnóstico, me preguntaba y él escribÃa⦠no es verdad que actualmente padezca de trastornos de memo-ria y de conciencia⦠actualmente no tomo psicofármacos, en el 2009 quedé embaraza y de ahà nunca más hice tratamiento...no es verdad que necesite asistencia de terceras personas para vestirme o asearmeâ¦yo entré a trabajar en el 2007, estuve más o menos 1 año en la caja, después me pasaron a la óptica ahà era cajera supuestamente pero tenÃa que ir a buscar cosas al depósito, cajas, atención al cliente, estábamos todo el dÃa paradosâ¦hoy estoy recuperada sÃquicamente⦠no es verdad que han cesado los dolores lumbaresâ¦â
Testimonial de:
N.F.G.O, dijo que âconozco a S., fuimos compañeras en el supermercado Walmart, soy amiga no me va a impedir decir la verdad⦠le debo dinero a ella, no es una suma importante â¦entramos a través de Man Power para trabajar como caje-ras, yo en el 5 de Noviembreâ¦Sosa en un principio era cajera, cuando necesitaban ayuda, nos mandaban al depósito y después nos hacÃan reponer⦠después nos llamaban si necesitaban que habilitáramos en caja, atención al cliente o ayudar a cualquier sector de la tienda⦠en el depósito nos acercábamos siempre con un chico, decÃan que no estaba permitido entrar y él nos acompañaba, nos cargaba el carrito y salÃamos en el carrito a reponer⦠es un carro largo, con ruedas en los dos extremos⦠no sé exactamente qué peso transportábamos en el carro Ãbamos a reponer galletas, ahà entraban tres cajas y quizá nos ponÃan seis y algunas atravesa-das de yerba⦠a veces nos llamaban a una alguna vez y a veces a otra, si no habÃan muchos clientes en cajas..a veces nos mandaban a softline que es la parte de roperÃaâ¦.generalmente entre semana si no habÃan...
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