Sentencia nº 13600 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 5 de Agosto de 2013
Ponente | MOUREU, MARTÍNEZ FERREYRA |
Fecha de Resolución | 5 de Agosto de 2013 |
Emisor | Primera Circunscripción |
* CAMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, C-QUINTA PODER JUDICIAL MENDOZA Foja: 236 CUIJ: 13-00668692-8( (010305-13600)) *10668793* EXPTE. Nº 51.122 / 13.600 “P.S. EN AUTOS 51.628/07 ‘GONNET, MARÍA D. C/ SOSA, VÍCTOR MARCELO P/ ALIMENTOS PROVISORIOS P/ EJECUCIÓN DE ALIMENTOS’” En la ciudad de Mendoza, a cinco días del mes de agosto de 2013, se reúnen en la Sala de Acuerdos de esta Excma. Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minas, los Sres. Jueces D.. B.M. y O.M.;nezF., no así el Dr. A.R.;guezS.; por hallarse en uso de licencia; y traen a deliberación para resolver en definitiva la causa arriba caratulada, originaria del Primer Juzgado Civil de la Tercera Circunscripción Judicial, venida a esta instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 166 por la parte actora, en contra de la sentencia de fs. 158/159.- Llegados los autos al Tribunal, a fs. 175/180 funda su recurso la apelante, el que fue contestado por la demandada a fs. 205/209.- A fs. 224 glosa el dictamen del Sr. Fiscal de Cámaras, quien manifiesta que el decisorio apelado rechazó la ejecución incoada, motivo por el cual nada dijo respecto de la tasa de interés aplicable. Indica que si bien la cuestión sobre la constitucionalidad de la tasa prevista en la ley 7198 no fue introducida en la presente instancia, al haber sido planteada por la actora por ante el a quo , emite opinión adhiriendo en definitiva a lo resuelto por la Excma. Suprema Corte de Justicia en el Plenario “A.”, en el sentido de que la tasa pasiva ha devenido en inconstitucional.- A fs. 228 toma intervención la Sra. Asesora de Menores, exponiendo que no tiene objeciones que formular en cuanto a lo actuado.- Practicado el sorteo de ley, a fs. 232 quedó establecido el siguiente orden de estudio: D.. M., Rodríguez Saá y M.;nezF..- En cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 172 de la Constitución Provincial y 141 del C.P.C. se plantearon las siguientes cuestiones a resolver: PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada? SEGUNDA CUESTIÓN: C..- A LA PRIMERA CUESTIÓN, LA DRA. MOUREU DIJO: I.- Que en la sentencia recaída a fs. 158/159, la Sra. Juez a quo admitió la excepción de inhabilidad de título interpuesta por el demandado, imponiendo las costas a la actora. Para así resolver, realizó las siguientes consideraciones: a) Las presentes actuaciones tienen por objeto una ejecución de alimentos en contra de Víctor M.S., por $10.048,88, con más los intereses, costos y costas legales.- b) El título base de la ejecución está constituido por las sentencias del Primer Juzgado de Familia de la Tercera Circunscripción y la de la Quinta Cámara de Apelaciones, recaídas en el expediente nº 20036/5458 caratulado “ P.S. en autos n° 19236 G., María c/ Sosa Víctor M. p/ Ten. A.. r.v.” p/ Alim. P..”, donde la cuota de alimentos provisorios de la Sra. G. y de su hijo, se fijó en las sumas respectivas de $150 y $400 .- c) La ejecutante aduce que el monto reclamado proviene de saldos insolutos de cincuenta y siete cuotas que van desde marzo de 2.001 hasta noviembre de 2.005, a las que se debería restar lo depositado en efectivo por el demandado y lo pagado por el colegio del menor ; solicitando asimismo la inconstitucionalidad de las Leyes 7198 y 7358. - d) La excepción de inhabilidad de título opuesta por el accionado se sustenta en la iliquidez de la deuda, por resultar necesaria una liquidación para conocer el monto de la deuda y sus intereses; destacando asimismo que no pudo ejercer su derecho de defensa respecto de la liquidación acompañada con la demanda, la que a su vez no se encuentra aprobada .- e) La excepción sub examine siempre es admisible, por cuanto hace a la constitución del título mismo y por ende, a si el mismo es susceptible de ejecución o no. Ello es así independientemente de si se encuentra en el elenco de las excepciones previstas por el ordenamiento procesal f) Sin perjuicio de que las cuotas fijadas por las sentencias se encuentran firmes, asiste razón al...
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