Resolución Nº 3103/2013

EmisorInstituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2013



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

ResoluciónNº 3103/2013Bs. As., 11/10/2013

VISTO la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), la Ley Nº 26.522 (Título VII y art. 121) y el Convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINEMATOGRAFIA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN.

CONSIDERANDO:

Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante MINISTERIO, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR del SATVD-T en la Implementación del Plan Operativo.

Que ante ello, la UNSAM consideró adecuado articular con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, para que el mismo organice Concursos de promoción y fomento de alcance federal.

Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de la primera experiencia piloto del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.

Que la ejecución del mismo ha logrado resultados sobresalientes, permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos para cada etapa.

Que en función de este proceso, el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T resuelve el desarrollo de una nueva edición del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.

Que ante ello, la UNSAM firmó un nuevo Convenio con el INCAA, con fecha 23 de mayo de 2011, a los fines que el Instituto organice el llamado a concursos de alcance federal.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten, será responsabilidad del INCAA.

Que el Concurso CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES tiene como objetivos desarrollar las capacidades profesionales de directores, productores y guionistas independientes del país; fomentar la producción de PROGRAMAS INFANTILES que retraten las diversas miradas de los temas relevantes relacionados con la infancia; promover la producción de contenidos dirigidos al público infantil que respeten la base de los catorce (14) criterios acordados por las instituciones y organizaciones nucleadas en el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI) y adjuntos en el ANEXO II; promover la diversidad cultural de las diferentes regiones del país y contribuir a la formación de un acervo de contenidos audiovisuales para televisión digital que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA) administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de SIETE (7) CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES dirigidos al público infantil, con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional y contribuyan al desarrollo de contenidos de calidad destinados a la infancia. Cada PROGRAMA INFANTIL, cuyos destinatarios serán niños y niñas de entre 6 a 12 años deberá tener una duración total mínima diaria de VEINTICUATRO (24) minutos, y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos (incluidos títulos y rodantes) a emitirse de lunes a viernes durante un período no inferior a SEIS (6) MESES corridos completos u CIENTO VEINTE (120) PROGRAMAS, a realizarse con un presupuesto máximo por CICLO de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000).

Que los titulares de los proyectos ganadores cederán los derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos patrimoniales y de explotación que de los mismos se deriven.

Que además y como parte integrante del premio, con el fin de aportar a la difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los PRESENTANTES que resulten ganadores la comercialización internacional de la obra audiovisual por un período de VEINTICUATRO (24) meses en el mercado internacional, contados a partir del séptimo mes de la exhibición del último PROGRAMA INFANTIL del CICLO por la Televisión Digital Abierta de la República Argentina. Las ventas que pudieran realizarse durante el período de comercialización en los países que conforman Iberoamérica no podrán ceder los derechos de exhibición y/o explotación de la obra en carácter de exclusividad.

Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso firmarán un contrato de Instrumentación de Premio con la UNSAM obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Acción Federal y la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para la Televisión, Internet y Videojuegos ha tomado la intervención que le compete.

Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Llámese a Concurso para la producción de SIETE (7) CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES a PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional, y contribuyan al desarrollo de contenidos de calidad destinados a la infancia.

ARTICULO 2°

— Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES, que como ANEXOS I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3º

— La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 4º

— Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 5°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS

AUDIOVISUALES DIGITALES —SEGUNDA EDICION— 2013

Bases y Condiciones para el Concurso “Ciclos de Programas Infantiles”

CAPITULO I - DEL OBJETO
  1. - El INCAA en el marco del Convenio suscripto con la UNSAM, y a través de la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos, llama al Concurso de CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES a PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS a presentar proyectos inéditos de CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES de una duración total mínima diaria de VEINTICUATRO (24) minutos y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos por PROGRAMA (incluidos títulos y rodantes), a emitirse de lunes a viernes durante un período no inferior a SEIS (6) MESES completos o CIENTO VEINTE (120) PROGRAMAS.

  2. - El contenido de los CICLOS estarán destinados a niños y niñas pertenecientes a la franja etaria de 6 a 12 años.

  3. - El monto que se otorgará a la producción de cada proyecto seleccionado será de una suma total de hasta PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000).

  4. - Los CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES deberán ser realizados y concluidos en su totalidad con el aporte del premio. Si en su defecto los costos de producción excedieran el valor presupuestado y presentado oportunamente al concurso, corresponderá exclusivamente al PRESENTANTE del proyecto que resulte ganador hacerse cargo del aporte de los recursos complementarios.

  5. - El proyecto deberá ser inédito y deberá emitirse como parte de la programación del Canal presentante o asociado, conforme éste la diseñe para el año 2014.

  6. - EL CICLO no podrá contener publicidad comercial durante la artística, permitiéndose hasta DIEZ (10) placas de agradecimientos o canje en los créditos finales, previa aprobación de los créditos por parte de los organizadores de la convocatoria.

  7. - EL CICLO deberá ser emitido por el Canal integrante en el proyecto, sea éste presentante o asociado, dentro de los márgenes pautados por el horario de protección al menor y ateniéndose a las normas establecidas en el Artículo 68 de la ley 26.522.

  8. - El soporte de registro de EL CICLO deberá ser digital en una resolución no inferior a HD y su finalización en HD calidad Broadcasting Internacional en soporte digital MXF, compresión XDCAM 50 1080i (ver ANEXO VIII)

CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
  1. - Fíjase para la presentación de los proyectos, hasta el 18 de octubre de 2013 como fecha de cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos deberán presentarse en forma personal de 10 a 17 horas, o por correo, ante la mesa de entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA (Lima 319, Piso 1º, código postal C1073AAG C.A.B.A.). En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el ANEXO II...

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