Resolución Nº 182/GCABA/SSAPM/13
Firmantes | Greco |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana |
Fecha de la disposición | 5 de Septiembre de 2013 |
VISTO:
El Decreto N° 556/10, su modificatorio N° 752/10, y el Expediente N° 3362415/13 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita el reconocimiento de gasto incurrido
como consecuencia de la provisión de elementos de uniformes para la Policía
Metropolitana, provistos por parte de las firmas "Segumax" de Horacio Miguel Espósito
(CUIT N° 20-08288324-0), por un monto de pesos setecientos noventa y tres mil
seiscientos setenta y cuatro con 80/100 ($ 793.674,80), y "Corpóreo Group" de
Mariano Alcántara (CUIT N° 20-29696982-7), por un monto de pesos ciento cincuenta
y cinco mil ($ 155.000);
Que la necesidad y urgencia de la adquisición, han quedado puestas de manifiesto a
través de los fundamentos vertidos por la Dirección General de Suministros a la Policía
Metropolitana en el expediente citado en el Visto;
Que la aprobación del pago que se propicia, corresponde a una prestación de
imprescindible necesidad, cuya contratación no admitió interrupción o dilación,
circunstancia que impidió su contratación mediante los procedimientos establecidos en
la Ley N° 2095;
Que en dicho contexto, de conformidad con la exigencia establecida por el inciso b) del
del Decreto N° 556/10, se cursaron invitaciones a cotizar a cuatro empresas.
del rubro, las que fueron formuladas en veintisiete (27) renglones, correspondientes
cada uno a los diversos elementos a proveer;
Que de las cotizaciones efectuadas, las correspondientes a las firmas Segumax de
Espósito Horacio Miguel, para los Renglones Nros. 1/5 y 7/27, y a Corporeo Group de
Mariano Alcántara, para el Renglón Nro. 6, resultaron ser las más convenientes para
los intereses del G.C.B.A.;
Que las empresas citadas, según surge de la referida actuación, se encuentran
debidamente inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de
Proveedores oportunamente, (R.I.U.P.P.), extremo que satisface la exigencia
establecida por el inciso c) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10 en concordancia con el
de la Ley N° 2.095;
Que asimismo, se ha agregado...
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